Legislación
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ORDEN IEM/691/2022, de 15 de junio, por la que se deja sin efecto la Orden EEI/799/2021, de 25 de junio, por la que se convoca procedimiento de evaluación para la acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, para unidades de competencia de diversas familias profesionales, en lo relativo a la convocatoria del procedimiento de evaluación de la cualificación profesional SEA595_2 operaciones de vigilancia y extinción de incendios forestales y apoyo a contingencias en el medio natural y rural., - Boletín Oficial de Castilla y León, de 21-06-2022

Tiempo de lectura: 3 min

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Ambito: Castilla y León

Órgano emisor: CONSEJERIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y EMPLEO

Boletín: Boletín Oficial de Castilla y León Número 118

F. Publicación: 21/06/2022

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial de Castilla y León Número 118 de 21/06/2022 y no contiene posibles reformas posteriores

Mediante Orden EEI/799/2021, de 25 de junio, publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León de 2 de julio de 2021, se convoca procedimiento de evaluación para la acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, para unidades de competencia de diversas familias profesionales.

Una de las cualificaciones profesionales incluidas en la citada convocatoria es la SEA595_2 Operaciones de vigilancia y extinción de incendios forestales y apoyo a contingencias en el medio natural y rural (RD 1031/2011, de 15 de julio).

Tras haber realizado los trámites previstos en el resuelvo decimoprimero de la Orden EEI/799/2021, de 25 de junio, para la propuesta de los asesores y evaluadores necesarios para el desarrollo del procedimiento, se constata que no existen suficientes asesores y evaluadores que cumplan los requisitos para la cualificación indicada.

Por todo lo anterior, en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 26 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, el Decreto 1/2022, de 19 de abril, del Presidente de la Junta de Castilla y León, de reestructuración de consejerías y el Decreto 8/2022, de 5 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Industria, Comercio y Empleo

RESUELVO

Primero. Dejar sin efecto la Orden EEI/799/2021, de 25 de junio, por la que se convoca procedimiento de evaluación para la acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, para unidades de competencia de diversas familias profesionales, en lo relativo a la convocatoria del procedimiento de evaluación de la cualificación profesional SEA595_2 operaciones de vigilancia y extinción de incendios forestales y apoyo a contingencias en el medio natural y rural (RD 1031/2011, de 15 de julio).

Segundo. Producción de efectos.

La presente orden producirá efectos a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, la presente orden será notificada a todas las personas que hubieran presentado solicitud de acreditación de competencias al amparo de la convocatoria modificada en relación con la cualificación profesional citada, informándoles del procedimiento a seguir para la devolución de las tasas que hubieran abonado, en su caso, así como de los procedimientos alternativos que tienen a su disposición para obtener la acreditación de dicha cualificación profesional.

Tercero. Régimen de impugnación.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Industria, Comercio y Empleo, en el plazo de un mes computado desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses computados desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, en virtud de lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Valladolid

2022-06-15

El Consejero de Industria, Comercio y Empleo, Fdo. Mariano Veganzones Díez