Legislación
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Orden ITC/3128/2011, de 17 de noviembre, por la que se regulan determinados aspectos relacionados con el acceso de terceros a las instalaciones gasistas y la retribución de las actividades reguladas. - Boletín Oficial del Estado de 18-11-2011

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2021

F. entrada en vigor: 19/11/2011

Órgano emisor: MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 278

F. Publicación: 18/11/2011


Preambulo Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Posiciones de un gasoducto. Artículo 3. Ampliaciones de instalaciones de transporte. Artículo 4. Centros de mantenimiento de transporte. Artículo 5. Incentivo a la reducción de mermas en la red de transporte. Artículo 6. Clientes suministrados por un comercializador de último recurso sin tener derecho. Artículo 7. Unidades de Inversión en plantas de regasificación. Artículo 8. Valores unitarios de inversión y de operación y mantenimiento de las plantas de regasificación. Artículo 9. Término de conducción aplicable a las redes de distribución alimentadas por planta satélite. Artículo 10. Obligación de mantenimiento de existencias mínimas de seguridad. Artículo 11. Incentivo para que los transportistas y distribuidores envíen información sobre las mediciones el día «n+1».
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Costes de operación y mantenimiento definitivos correspondientes a los almacenamientos subterráneos «Gaviota» y «Serrablo». D.A. 2ª. Costes de operación y mantenimiento provisionales correspondientes a los almacenamientos subterráneos «Gaviota» y «Serrablo» para los años 2009, 2010 y 2011. D.A. 3ª. Coeficiente «C» a aplicar al término de conducción del peaje de transporte y distribución en vigor para los consumidores conectados a redes de distribución alimentadas desde plantas satélites. D.A. 4ª. Retribución a los almacenamientos subterráneos. D.A. 5ª. Gasoductos en operación a considerar para establecer las necesidades de Centros de Mantenimiento de Transporte. D.A. 6ª. Información sobre los gasoductos en operación adscritos a los centros de mantenimiento de transporte. D.A. 7ª. Mínimos técnicos de operación de las Plantas de regasificación.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Fecha de puesta en servicio de centros de mantenimiento anteriores a la entrada en vigor de la orden. D.T. 2ª. Transición al nuevo régimen de mantenimiento de existencias mínimas de seguridad de gas natural.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación de la Orden ITC/3995/2006, de 29 de diciembre, por la que se establece la retribución de los almacenamientos subterráneos de gas natural incluidos en la red básica. D.F. 2ª. Modificación de la Orden ITC/3862/2007, de 28 de diciembre, por la que se establece el mecanismo de asignación de la capacidad de los almacenamientos subterráneos de gas natural y se crea un mercado de capacidad. D.F. 3ª. Modificación de la Orden ITC/3354/2010, de 28 de diciembre, por la que se establecen los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas y la retribución de las actividades reguladas. D.F. 4ª. Aplicación de la orden. D.F. 5ª. Entrada en vigor. ANEXO I ANEXO II ANEXO III ANEXO IV