Legislación
Legislación

ORDEN TAS/1562/2005, de 25 de mayo, por la que se establecen normas para la aplicacion y desarrollo del Reglamento General de Recaudacion de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio. - Boletín Oficial del Estado de 01-06-2005

Tiempo de lectura: 15 min

Tiempo de lectura: 15 min

Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Abril de 2013

F. entrada en vigor: 02/06/2005

Órgano emisor: MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 130

F. Publicación: 01/06/2005


Preambulo
SECCIÓN PRIMERA. RESERVA Y DETERMINACIÓN DE LOS ÓRGANOS COMPETENTES EN MATERIA DE GESTIÓN RECAUDATORIA DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Artículo 1. Determinación de funciones para la celebración de conciertos de gestión recaudatoria. Artículo 2. Funciones de gestión recaudatoria reservadas a los órganos centrales de la Tesorería General. Artículo 3. Determinación de los órganos competentes en materia de deducción. Artículo 4. Determinación de los órganos competentes en materia de recaudación en vía de apremio. Artículo 5. Instrucciones adicionales en materia de competencia.
SECCIÓN SEGUNDA. COLABORACIÓN EN LA GESTIÓN RECAUDATORIA
Artículo 6. Oficinas recaudadoras autorizadas.
SECCIÓN TERCERA. DEUDAS DE INFERIOR CUANTÍA
Artículo 7. Deudas de importe mínimo recaudable y susceptibles de anulación y baja en contabilidad. Artículo 8. Liquidaciones de cuotas efectuadas por la Tesorería General de la Seguridad Social en los documentos de cotización emitidos por la misma. Artículo 9. Liquidaciones de cuotas efectuadas por la Tesorería General de la Seguridad Social rectificando en cuantía superior las previas autoliquidaciones de los sujetos responsables del cumplimiento de la obligación de cotizar. Artículo 10. Liquidaciones de cuotas en reclamaciones administrativas de deuda. Artículo 11. Reintegros de prestaciones de la Seguridad Social indebidamente percibidas no recaudables. Artículo 12. Finalización del procedimiento recaudatorio. Artículo 13. Acumulación de deudas no superiores al 3 por 100 y, en su caso, al 20 por 100 del IPREM mensual y su recaudación voluntaria.
SECCIÓN CUARTA. AVAL GENÉRICO Y EFECTOS DEL APLAZAMIENTO
SUBSECCIÓN 1. ª Aval genérico como garantía de deudas con la Seguridad Social
Artículo 14. Delimitación. Artículo 15. Procedimiento para la constitución y cancelación del aval genérico. Artículo 16. Efectos del aval genérico.
SUBSECCIÓN 2. ª Efectos de la concesión del aplazamiento de deudas con la Seguridad Social
Artículo 17. Consecuencias del aplazamiento e incidencias posteriores a su concesión Artículo 17 bis. Domiciliación del pago de aplazamientos
SECCIÓN QUINTA. CÁLCULO Y LIQUIDACIÓN DE INTERESES DE DEMORA
Artículo 18. Deudas objeto de interés de demora. Artículo 19. Devengo de intereses de demora. Artículo 20. Exigibilidad de los intereses devengados. Artículo 21. Forma de cálculo del interés de demora. Artículo 22. Momento del cálculo y liquidación. Artículo 23. Interés de demora en los mandamientos y notificaciones.
SECCIÓN SEXTA. FORMAS Y MEDIOS DE PAGO
Artículo 24. Consignación de las deudas con la Seguridad Social. Artículo 25. Pago mediante cheque.
SECCIÓN SÉPTIMA. REVISIÓN DE LOS ACTOS DE GESTIÓN RECAUDATORIA
Artículo 26. Revisión de oficio y rectificación de errores.
SECCIÓN OCTAVA. NORMAS PARTICULARES SOBRE RECAUDACIÓN EN PERÍODO VOLUNTARIO
SUBSECCIÓN 1. ª Normas sobre forma y lugar del pago de cuotas
Artículo 27. Forma del pago de cuotas. Artículo 28. Obligación de incorporación al Sistema RED e incidencia del uso de medios electrónicos en la adquisición y mantenimiento de beneficios en la cotización. Artículo 29. Lugar del pago de cuotas. Artículo 30. Domiciliación del pago de cuotas en las oficinas recaudadoras. Artículo 31. Pago electrónico de cuotas.
SUBSECCIÓN 2. ª Relaciones de las entidades financieras con la Tesorería y sujetos obligados y de la Tesorería General con las Mutuas y las Entidades Gestoras de los conceptos de recaudación conjunta
Artículo 32. Actuación de las entidades financieras en relación con las empresas y demás responsables. Artículo 33. Relación de las entidades financieras con la Tesorería General de la Seguridad Social. Artículo 34. Forma y plazos de remisión de la documentación recaudatoria a la Tesorería General de la Seguridad Social. Artículo 35. Relaciones de la Tesorería General con las Mutuas y Entidades Gestoras de los conceptos de recaudación conjunta con las cuotas de la Seguridad Social.
SUBSECCIÓN 3. ª Supuestos especiales de liquidación y pago de cuotas
Artículo 36. Presentación de documentos de cotización en plazo reglamentario sin ingreso de cuotas. Artículo 36 bis. Aplicación indebida de compensaciones y deducciones. Artículo 37. Presentación de documentos de cotización en plazo reglamentario con ingreso de la aportación de los trabajadores. Artículo 38. Presentación de documentos de cotización con saldo acreedor.
Subsección 4.ª Normas sobre recaudación de recursos distintos a cuotas
Artículo 39. Reclamación de capitales coste y de otras prestaciones.
SECCIÓN NOVENA. NORMAS PARTICULARES SOBRE RECAUDACIÓN EN VÍA EJECUTIVA
Artículo 40. Embargo de depósitos a la vista. Artículo 41. Datas de títulos ejecutivos cargados a las Unidades de Recaudación Ejecutiva. Artículo 42. Anulación de adjudicaciones de bienes embargados.
SECCIÓN DÉCIMA. DEVOLUCIÓN DE INGRESOS INDEBIDOS Y REEMBOLSO DEL COSTE DE GARANTÍAS
Subsección 1.ª Devolución de ingresos indebidos. Objeto y procedimiento
Artículo 43. Objeto de la devolución de ingresos indebidos. Artículo 44. Procedimiento para la devolución de ingresos indebidos. Artículo 45. Peculiaridades en la iniciación del procedimiento. Artículo 46. Peculiaridades en la instrucción y resolución del procedimiento. Artículo 47. Ejecución de la devolución.
Subsección 2.ª Reembolso del coste de garantías
Artículo 48. Alcance del reembolso. Artículo 49. Determinación del coste de las garantías prestadas. Artículo 50. Procedimiento para el reembolso.
Subsección 3.ª Aplicación presupuestaria de la devolución de ingresos indebidos y del reembolso del coste de garantías
Artículo 51. Aplicación presupuestaria.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Procedimiento para la ampliación de la carencia y de la moratoria para el pago de deudas con la Seguridad Social de instituciones sanitarias. D.A. 2ª. Incidencia de la incorporación al Sistema RED en la contraprestación de las Mutuas a los servicios de gestión administrativa por parte de terceros. D.A. 3ª. Modificación del artículo 1 de la Orden TAS/77/2005, de 18 de enero. D.A. 4ª. Servicio de asistencia y orientación para la cumplimentación de las actuaciones de encuadramiento, cotización y recaudación por medios electrónicos. D.A. 5ª. Plazos de incorporación efectiva y obligatoria al Sistema RED. D.A. 6ª. Efectos de la domiciliación del pago de aplazamientos. D.A. 7ª. Imputación contable de los recursos del sistema de la Seguridad Social.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Ámbito de aplicación temporal. D.T. 2ª. Vigencia de autorizaciones y conciertos de colaboración en la gestión recaudatoria. D.T. 3ª. Incumplimiento de aplazamientos de deudas anteriores al 1 de junio de 2004. D.T. 4ª. Efectos retroactivos de la disposición adicional tercera.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Habilitación específica. D.F. 2ª. Habilitación general. D.F. 3ª. Entrada en vigor.