Legislación
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Orden TMS/369/2019, de 28 de marzo, por la que se regula el Registro Estatal de Entidades de Formación del sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral, así como los procesos comunes de acreditación e inscripción de las entidades de formación para impartir especialidades formativas incluidas en el Catálogo de Especialidades Formativas. - Boletín Oficial del Estado de 01-04-2019

Tiempo de lectura: 9 min

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 02 de Abril de 2019

F. entrada en vigor: 02/04/2019

Órgano emisor: MINISTERIO DE TRABAJO, MIGRACIONES Y SEGURIDAD SOCIAL

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 78

F. Publicación: 01/04/2019

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación. Artículo 2. Administración pública competente.
CAPÍTULO II. Registros de Entidades de Formación
SECCIÓN 1.ª Registro Estatal de Entidades de Formación
Artículo 3. Naturaleza. Artículo 4. Funciones. Artículo 5. Adscripción.
SECCIÓN 2.ª Aspectos comunes aplicables al Registro Estatal de Entidades de Formación y a los registros de entidades de formación habilitados por las Administraciones Públicas competentes
Artículo 6. Componentes de los registros de entidades de formación. Artículo 7. Entidades de formación que se incluyen en los registros. Artículo 8. Marco de coordinación y cooperación. Artículo 9. Asientos registrales. Artículo 10. Competencia para efectuar asientos registrales. Artículo 11. Baja de entidades de formación y de sus especialidades formativas. Artículo 12. Información sobre la calidad en el Registro Estatal. Artículo 13. Información relativa a sanciones impuestas en el ámbito de la formación profesional para el empleo. Artículo 14. Información sobre la actividad formativa desarrollada
CAPÍTULO III. Acreditación e inscripción de entidades de formación
SECCIÓN 1.ª Disposiciones generales
Artículo 15. Acreditación, inscripción y registro. Artículo 16. Obligaciones de las entidades de formación acreditadas e inscritas. Artículo 17. Pérdida de la condición de entidad de formación acreditada o inscrita.
SECCIÓN 2.ª Acreditación
Artículo 18. Acreditación de entidades de formación. Artículo 19. Requisitos de acreditación en la modalidad presencial. Artículo 20. Solicitud de acreditación y documentación justificativa en la modalidad presencial. Artículo 21. Requisitos de acreditación en la modalidad de teleformación. Artículo 22. Solicitud de acreditación y documentación justificativa en la modalidad de teleformación.
SECCIÓN 3.ª Inscripción
Artículo 23. Inscripción de entidades de formación. Artículo 24. Comprobación del cumplimiento de requisitos de inscripción.
SECCIÓN 4.ª Acreditación e inscripción de centros móviles
Artículo 25. Acreditación e inscripción de centros móviles
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Acreditación e inscripción de determinados centros propios de las administraciones públicas competentes en materia de formación profesional para el empleo. D.A. 2ª. Inscripción de entidades de formación para impartir formación distinta de la incluida en el Catálogo de especialidades formativas. D.A. 3ª. Entidades de formación acreditadas e inscritas por el Servicio Público de Empleo Estatal en la modalidad de teleformación. D.A. 4ª. Aula virtual. D.A. 5ª. Acreditación de la formación de tutores-formadores.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Acreditación e inscripción por el Servicio Público de Empleo Estatal. D.T. 2ª. Período de adecuación.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Título competencial. D.F. 2ª. Facultades de aplicación y desarrollo. D.F. 3ª. Entrada en vigor. ANEXO I. Datos comunes que configuran el Registro Estatal de Entidades de Formación ANEXO II. Plataforma de teleformación ANEXO III. Requisitos del material virtual de aprendizaje, de la guía del alumno y de la guía del tutor-formador ANEXO IV. Verificación de requisitos tecnológicos, pedagógicos y organizativos en la modalidad de teleformación ANEXO V. Seguimiento de las acciones formativas impartidas en modalidad de teleformación que se refieran a especialidades del Catálogo de Especialidades Formativas ANEXO VI. Modelo de Proyecto formativo para acciones de formación dirigidas a la obtención de certificados de profesionalidad