Legislación
Legislación

Pandemia de COVID-19 [Reglamento (UE) 2021/267 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de febrero de 2021, por el que se establecen medidas específicas y temporales, en vista de la persistencia de la crisis de la COVID-19, relativas a la renovación y prórroga de determinados certificados, licencias y autorizaciones, al aplazamiento de determinados controles periódicos y formación continua en ciertos ámbitos de la legislación en materia de transporte y a la ampliación de determinados períodos mencionados en el Reglamento (UE) 2020/698] 2021/C 76 I/20, - Diario Oficial de la Unión Europea, de 05-03-2021

Tiempo de lectura: 5 min

Tiempo de lectura: 5 min

Ambito: DOUE

Órgano emisor: COMISION EUROPEA

Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número 77

F. Publicación: 05/03/2021

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Diario Oficial de la Unión Europea Número 77 de 05/03/2021 y no contiene posibles reformas posteriores

Pandemia de COVID-19

[Reglamento (UE) 2021/267 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de febrero de 2021, por el que se establecen medidas específicas y temporales, en vista de la persistencia de la crisis de la COVID-19, relativas a la renovación y prórroga de determinados certificados, licencias y autorizaciones, al aplazamiento de determinados controles periódicos y formación continua en ciertos ámbitos de la legislación en materia de transporte y a la ampliación de determinados períodos mencionados en el Reglamento (UE) 2020/698 (1)]

(2021/C 76 I/20)

España

Fecha de la información destinada a la Comisión: 2.3.2021

España ha decidido, de conformidad con el Reglamento (UE) 2021/267 del Parlamento Europeo y del Consejo, que no aplicará las disposiciones siguientes:

-

el artículo 3, apartado 1, sobre la validez de los permisos de conducción con arreglo a la Directiva 2006/126/CE (2).

-

el artículo 3, apartado 2, sobre la validez de los permisos de conducción con arreglo a la Directiva 2006/126/CE, que ya se había ampliado en aplicación del artículo 3 del Reglamento (UE) 2020/698;

-

el artículo 4, apartado 1, sobre las inspecciones periódicas de los tacógrafos en el transporte por carretera con arreglo al Reglamento (UE) n.º 165/2014 (3);

-

el artículo 4, apartado 2, sobre la renovación de la tarjeta de conductor con arreglo al Reglamento (UE) n.º 165/2014;

-

el artículo 4, apartado 3, sobre la sustitución de la tarjeta de conductor con arreglo al Reglamento (UE) n.º 165/2014;

-

el artículo 5, apartado 1, sobre los plazos de las inspecciones técnicas periódicas de los vehículos de motor y de sus remolques con arreglo a la Directiva 2014/45/UE (4);

-

el artículo 5, apartado 2, sobre la validez de los certificados de inspección técnica con arreglo a la Directiva 2014/45/UE;

-

el artículo 7, apartado 1, sobre la validez de la licencia comunitaria para el transporte de mercancías por carretera con arreglo al Reglamento (CE) n.º 1072/2009 (5);

-

el artículo 7, apartado 2, sobre la validez del certificado de conductor con arreglo al Reglamento (CE) n.º 1072/2009;

-

el artículo 8, apartado 1, sobre la validez de la licencia comunitaria para el transporte de viajeros con arreglo al Reglamento (CE) n.º 1073/2009 (6).

(1) DO L 60 de 22.2.2021, p. 1.

(2) Directiva 2006/126/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, sobre el permiso de conducción (DO L 403 de 30.12.2006, p. 18).

(3) Reglamento (UE) n.º 165/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de febrero de 2014, relativo a los tacógrafos en el transporte por carretera, por el que se deroga el Reglamento (CEE) n.º 3821/85 del Consejo, relativo al aparato de control en el sector de los transportes por carretera, y se modifica el Reglamento (CE) n.º 561/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la armonización de determinadas disposiciones en materia social en el sector de los transportes por carretera (DO L 60 de 28.2.2014, p. 1).

(4) Directiva 2014/45/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de abril de 2014, relativa a las inspecciones técnicas periódicas de los vehículos de motor y de sus remolques, y por la que se deroga la Directiva 2009/40/CE (DO L 127 de 29.4.2014, p. 51).

(5) Reglamento (CE) n.º 1072/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, por el que se establecen normas comunes de acceso al mercado del transporte internacional de mercancías por carretera (DO L 300 de 14.11.2009, p. 72).

(6) Reglamento (CE) n.º 1073/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, por el que se establecen normas comunes de acceso al mercado internacional de los servicios de autocares y autobuses y por el que se modifica el Reglamento (CE) n.º 561/2006 (DO L 300 de 14.11.2009, p. 88).