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Plan de Formación de Seguridad Ciudadana del Gobierno de Cantabria para el año 2021 en materia de Policía Local., - Boletín Oficial de Cantabria, de 03-05-2021

Tiempo de lectura: 14 min

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Ambito: Cantabria

Órgano emisor: CONSEJERIA DE PRESIDENCIA, INTERIOR, JUSTICIA Y ACCION EXTERIOR

Boletín: Boletín Oficial de Cantabria Número 83

F. Publicación: 03/05/2021

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial de Cantabria Número 83 de 03/05/2021 y no contiene posibles reformas posteriores

La Constitución Española de 1978 en su artículo 149.1, se refiere expresamente a la Seguridad Pública, considerando su mantenimiento como presupuesto esencial para garantizar el primero y más importante de los derechos fundamentales de la persona, cual es el derecho a la vida y a la integridad física, siendo obligación de los poderes públicos establecer las condiciones necesarias para el cumplimiento de tal finalidad.

El Decreto 1/2003, de 9 de enero, por el que se aprueban las Normas-marco de los Cuerpos de Policía Local de Cantabria, establece en su artículo 49, que corresponde a la Escuela Autonómica de Policía Local, adscrita a la Consejería de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior, la formación, perfeccionamiento y especialización de todos los miembros de los Cuerpos de Policía Local de Cantabria.

El Plan anual de Formación de Seguridad Ciudadana del Gobierno de Cantabria en materia policial, pretende ser un instrumento útil, dinámico e innovador de cooperación técnica y tiene como fin satisfacer las necesidades de formación permanente, acceso y promoción del personal del sistema público que componen los Cuerpos de Policía Local, así como otros colectivos de la Seguridad Ciudadana, tales como Guardia Civil, CNP (Cuerpo Nacional de Policía) y Policía Portuaria, que presten sus servicios en la Comunidad Autónoma de Cantabria, si bien su participación en dicho plan quedará condicionada a la existencia de plazas vacantes. Excepcional- mente, también podrán participar alumnos de otras comunidades, vinculados a la Seguridad Ciudadana, siempre que haya plazas disponibles.

El Plan se financia con la partida presupuestaria asignada por el Gobierno de Cantabria, a través de la Dirección General de Administración Local, Acción Exterior y Casas de Cantabria a la Escuela Autonómica de Policía Local, adscrita al C.E.A.R.C.

Con el objetivo de profundizar en la labor formativa, de perfeccionamiento y especialización de los Cuerpos de Policía Local, además de los cursos propios de materias específicas que se oferten según las necesidades, es indispensable abordar un diseño organizativo de la formación que permita realizar una planificación de la misma atendiendo, sobre todo, a las necesidades de la práctica diaria policial y a la especialización de los agentes en su actividad laboral.

Se busca también una mejor formación y especialización en unidades en los ayuntamientos con mayor población, así como para los municipios con menor población y plantillas con pocos efectivos, diversificar funciones en la organización policial. Las actividades formativas, que no son una estructura cerrada, serán ofertadas a la vista de las necesidades, según las decisiones que adopte la Comisión de Dirección de la Escuela Autonómica de Policía Local, y siempre ajustando la oferta a la capacidad presupuestaria de cada ejercicio, así como a las circunstancias sanitarias que pudiera condicionar el desarrollo de las citadas actividades formativas.

La programación de cursos no obsta para que durante el año se promuevan otras actuaciones formativas, si fueran necesarias, para atender necesidades específicas de la formación de los Policías Locales.

Expuesto lo anterior, y aprobado el Plan por la Comisión de Coordinación de las Policías Locales de Cantabria del día 28 de abril de 2021,

RESUELVO

Aprobar el Plan de Formación de Seguridad Ciudadana del Gobierno de Cantabria en materia de Policía Local para el año 2021, conformado por las Bases y Acciones Formativas que se acompañan como Anexo I a esta Resolución.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse re- curso de reposición ante el Gobierno de Cantabria, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOC.

Santander, 3 de mayo de 2021.

La consejera de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior, Paula Fernández Viaña.

ANEXO I

BASES Y PLAN DE FORMACIÓN DE SEGURIDAD CIUDADANA DEL GOBIERNO DE CANTABRIA EN MATERIA DE POLICÍA LOCAL

Convocatoria 2021.

SOLICITUDES.

Las personas que reúnan los requisitos establecidos en cada curso y deseen participar como alumnos, presentarán una única solicitud dirigida al Director del CEARC en el modelo de instancia que figura como Anexo II.

En la solicitud se deberá expresar el orden de prioridad de los cursos a los que desea asistir el solicitante.

Las solicitudes podrán presentarse en el Registro del CEARC, en el Registro General del Gobierno de Cantabria (c/ Peña Herbosa nº 29, Santander), en los Registros Auxiliares del anterior, en los Registros Delegados, así como en los demás lugares establecidos en la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

El plazo para la presentación de solicitudes será de 15 días naturales, a contar desde el siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC).

Se podrá presentar la solicitud a través de cearc.formacionpolicialocal@cantabria.es.

Los solicitantes de cursos que, con posterioridad a la presentación de la instancia, cambien de puesto de trabajo, quedan obligados a comunicar al CEARC (Escuela Autonómica de Policía Local) su nuevo destino.

INADMISIÓN DE INSTANCIAS.

Será causa de inadmisión de una solicitud su presentación fuera de plazo.

En aquellas instancias en las que se soliciten más de 5 cursos, únicamente se tendrán en cuenta los cinco solicitados en primer lugar, no teniéndose en cuenta el sexto y sucesivos solicitados.

PARTICIPANTES.

Podrán participar en el programa de formación de Seguridad Ciudadana del Gobierno de Cantabria, todas aquellas personas que estén vinculadas directamente con la Seguridad Ciudadana en materia policial de la comunidad cántabra y que se encuentren en las siguientes situaciones:

1. Profesionales de la Policía Local en servicio activo, en comisión de servicio y en excedencia por cuidado de familiares.

2. Si las plazas de los cursos no se cubriesen en su totalidad por policías locales, podrían abrirse a otros colectivos que pudiesen ser de especial interés para el desarrollo de la actividad según la Comisión de Selección de la Escuela Autonómica de Policía Local. Habrá cursos que podrán contar con la presencia por designación, de agentes del CNP y de la Guardia Civil, para alguna actividad académica de la Escuela Autonómica de Policía Local, buscando la colaboración y coordinación entre todos los cuerpos de seguridad ciudadana.

No se realizará ningún curso presencial en el que no se hayan cubierto un 60% de las plazas ofertadas con solicitudes del personal destinatario.

CRITERIOS DE SELECCIÓN DE ALUMNOS.

La comisión de selección de la Escuela Autonómica de Policía Local, seleccionará de acuerdo a los siguientes criterios de preferencia:

' Relación del curso con el puesto de trabajo del solicitante.

' Funcionarios de carrera.

' Menor número de cursos realizados en los dos últimos años.

' Prioridad solicitada.

' Estar penalizado por inasistencia o renuncia sin justificar en cursos anteriores.

' Falsedad en los datos consignados en la instancia.

En función del tipo de curso, los aspirantes deberán reunir determinados requisitos físicos o médicos, para lo cual se podrán realizar pruebas previas o reclamar las correspondientes certificaciones médicas.

Se reorganizan los cursos presenciales, del plan de formación de seguridad ciudadana en materia de policía local, del año 2020, que con motivo de la crisis sanitaria del COVID-19, no pudieron celebrarse y que, debido al número elevado de solicitudes, se decidió por la Comisión de Dirección de la Escuela de Policía Local, reunida el 30 de marzo de 2021, retomarlos. Los destinatarios de dichos cursos, serán los Agentes que solicitaron los mismos el año 2020, procediendo a su baremación y selección.

Los cursos que se van a retomar son los siguientes:

2021-X-440 REGLAMENTO GENERAL DE CONDUCTORES - AUTORIZACIONES ADMINISTRATIVAS PARA CONDUCIR Días 27/09/2021 a 01/10/2021.

2021-X-433 PRIMER INTERVINIENTE POLICIAL EN INCIDENTES AMOK Días 27/09/2021 a 01/10/2021.

2021-X-439 JORNADA SOBRE LA REGULACIÓN LEGAL DEL USO DEL PATINETE Días 04/10/2021.

2021-X-432 USO DE DRONES EN LOS CUERPOS DE SEGUDAD CIUDADANA Días 04/10/2021 a 08/10/2021.

2021-X-047 USO Y MANEJO DEL BASTÓN POLICIAL EXTENSIBLE Días 18/10/2021 a 22/10/2021.

2021-X-187FORMACIÓN ESPECÍFICA EN MATERIA DE CONTROL DE DROGAS EN CONTROLES PREVENTIVOS Días 08/11/2021 a 12/11/2021

Los policías locales podrán participar en el curso selectivo durante los permisos de parto, adopción o acogimiento, así como durante la situación de excedencia por cuidado de familiares y por ser víctimas de violencia de género, según lo dispuesto en los artículos 49, 89.4 y 89.5 de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

De acuerdo con el artículo 60 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, se otorgará preferencia en la selección a quienes se hayan incorporado en el plazo de un año al servicio activo, procedentes del permiso de maternidad o paternidad, o hayan reingresado desde la situación de excedencia por razones de guarda legal y atención a personas mayores dependientes o personas con discapacidad, con objeto de actualizar los conocimientos de los policías locales.

No se podrán realizar cursos en situación de incapacidad temporal (IT), debiendo comunicar esta situación de forma inmediata al Centro de Formación (Escuela Autonómica de Policía Local).

En caso de empate, la selección se resolverá atendiendo al orden alfabético de los aspirantes empatados, iniciándose el citado orden por la letra a que se refiere Resolución vigente de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se hace público el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.

CAUSAS DE EXCLUSIÓN DE LA SELECCIÓN.

a) Estar incurso en penalización por inasistencia o renuncia sin justificar en cursos anteriores.

b) Haber realizado el mismo curso que se solicita en los tres últimos años, salvo que existan plazas vacantes.

c) No pertenecer al grupo de destinatarios, en caso de que quede totalmente determinado el mismo, en los cursos calificados como específicos.

d) Defectos en la cumplimentación de la solicitud, si una vez requerida no se hubiera sub- sanado la falta.

RENUNCIAS Y FALTAS DE ASISTENCIA.

La renuncia a un curso se efectuará por escrito al menos siete días hábiles antes de la fecha de comienzo del mismo, en modelo que se adjunta en Anexo III. Pasado dicho plazo la renuncia deberá justificarse documentalmente, valorándose dicha justificación por la comisión de selección reunida al efecto.

La falta de asistencia a un curso deberá justificarse con antelación al comienzo del mismo si la causa ya existiera, durante el mismo o como máximo en el plazo de un mes desde la fecha de inicio del curso que se trate. Transcurrido dicho plazo, la justificación en su caso no surtirá efecto.

La falta de asistencia total o parcial fundamentada por necesidades del servicio, deberá ser debidamente motivada por el órgano municipal competente.

Cuando, una vez admitido a un curso, no se lleve a efecto la renuncia en debida forma, los solicitantes incurrirán en causa de penalización, lo que conllevará la imposibilidad de acceder a los cursos de formación de la Escuela Autonómica de Policía Local durante un plazo de 6 meses, desde la imposición de la correspondiente penalización.

El personal perderá el derecho de asistencia a los cursos en los que hubiera resultado seleccionado, cuando se encuentre en la situación de incapacidad temporal, acreditada mediante los correspondientes partes de baja o confirmación. La incapacidad temporal no será motivo de penalización.

La asistencia a los cursos es voluntaria, por lo que no procederá abonar ninguna indemnización por parte de la Escuela Autonómica de Policía Local, con independencia del lugar donde se celebren los cursos.

En función del tipo de curso, los aspirantes deberán reunir determinados requisitos físicos o médicos, para lo cual se podrá acordar la realización de pruebas previas o reclamar las correspondientes certificaciones médicas.

LISTADOS PROVISIONALES Y DEFINITIVOS.

Una vez baremadas y procesadas todas las solicitudes, la Escuela Autonómica de Policía Local notificará a los Agentes de Policía que hayan sido seleccionados, a través de la cuenta de correo electrónico que hayan facilitado al efecto y a las respectivas Jefaturas de Policía Local de los distintos Ayuntamientos para la organización de los servicios. Las listas provisionales se publicarán además en la web de la Escuela Autonómica de Policía Local (eapl.cantabria.es).

CERTIFICADOS DE ASISTENCIA Y APROVECHAMIENTO.

En todos los cursos se entregará a los alumnos un diploma oficial de asistencia y/o aprovechamiento, con especificación de horas lectivas.

Los agentes tienen la obligación de asistir al curso con regularidad. Las reiteradas faltas de asistencia imposibilitarán la expedición de la certificación y determinará la baja en el curso con pérdida de todos los derechos, salvo que la inasistencia se produzca por causa justificada, que deberá ser debidamente acreditada.

La asistencia será controlada por el director/ponente de cada curso, junto con la Escuela Autonómica de Policía Local, a través de las firmas que se consideren necesarias.

Se otorgará diploma de aprovechamiento, en los cursos que así lo tengan previsto en la convocatoria, a aquellos participantes que acrediten conocimientos de la materia impartida mediante la superación de las pruebas correspondientes y/o la presentación de los trabajos prácticos que el Director del curso considere oportunos. Si el alumno no supera las pruebas citadas y ha asistido a las clases, se expedirá diploma de asistencia.

PUBLICIDAD.

La admisión a los cursos se notificará a los policías locales admitidos, a la Jefatura de Policía Local del Ayuntamiento correspondiente y se publicitará a través de la página web de la Escuela Autonómica de Policía Local (eapl.cantabria.es).

No se admitirán permutas o sustituciones entre las personas seleccionadas.

La información general sobre los cursos se facilitará en el teléfono de la Escuela Autonómica de Policía Local 942-555318, de lunes a viernes, en horario de 9 a 14 horas, así como en el correo electrónico: cearc@cantabria.es

Las diferentes acciones formativas que se convoquen se publicitarán en la página web de la Escuela Autonómica de Policía Local (eapl.cantabria.es), así como las distintas actualizaciones que se produzcan a través de notificaciones electrónicas.

MODIFICACIONES DEL PLAN FORMATIVO.

La programación de cursos no obsta para que durante el año se promuevan otras actuaciones formativas, si fueran necesarias, para atender necesidades específicas de la formación de los policías locales.

Se faculta a la Comisión de Dirección de la Escuela Autonómica de Policía Local y a la propia Dirección de la Escuela, para efectuar las modificaciones que hubiera que introducir por razones de índole didáctico, por actualización científico-técnica aparecida en el campo de la Seguridad Ciudadana o por razones presupuestarias e, incluso, a la convocatoria de planes extraordinarios, que hicieran preciso adaptar, ampliar o suspender las actividades para modificar bases, contenidos, número de participantes, ampliación de ediciones de un curso sin que sea necesaria su publicación, cuando circunstancias justificadas lo aconsejen.

Podrán realizarse acciones formativas desconcentradas para Policía Local en aquellos ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Cantabria que lo soliciten y pongan a disposición de la Escuela Autonómica de Policía Local, sin coste alguno para la misma, instalaciones y medios materiales y económicos para la realización de las mismas.

Será de aplicación toda la normativa sanitaria de la consejería de sanidad del gobierno de Cantabria, en materia de COVID-19 y se actualizará toda esta normativa en el momento del inicio de todos los cursos presenciales del plan de formación de policía local.

RÉGIMEN DISCIPLINARIO

Los agentes participantes en el plan de formación continua que no observen las reglas elementales y básicas de participación, respeto y consideración hacia profesores, compañeros, del personal de la Escuela Autonómica de Policía Local o de cualquier institución que colabore con el centro de formación y, en general, contravengan lo dispuesto en el Código Ético de la Policía, podrán ser excluidos de los cursos en que participen siendo de aplicación el régimen disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía( Ley orgánica 4/2010).

ANEXO II: MODELO DE SOLICITUD

PLAN DE FORMACION DE SEGURIDAD CIUDADANA DE CANTABRIA 2021

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ANEXO III

MODELO DE RENUNCIA A CURSO ADJUDICADO

PLAN DE FORMACION DE SEGURIDAD CIUDADANA DEL GOBIERNO DE CANTABRIA 2021

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