Preambulo se dictan instrucciones sobre el pago al personal del sector público estatal del incremento retributivo adicional del 0,5 por ciento vinculado a la evolución del IPCA previsto en el artículo 6.2 del Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de Jun
Preambulo
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El artículo 6.2 del Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio, por el que se prorrogan determinadas medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo y se adoptan medidas urgentes en materia fiscal, energética y social, prevé un aumento del 0,5 por ciento de las retribuciones del personal del sector público, con efectos de 1 de enero de 2024, vinculado a la evolución del IPCA y que tiene carácter adicional al 2 por ciento de incremento fijo autorizado para 2024 en ese mismo artículo.
La disposición final sexta, párrafo segundo, de dicho real decreto-ley habilita a la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos para actualizar las cantidades a las que se refiere el apartado 7 del artículo 6 del mismo, de conformidad con el incremento aprobado y a dictar las instrucciones oportunas para hacer efectivo el abono de las cuantías correspondientes.
En el «Boletín Oficial del Estado», de 2 de julio de 2025, se ha publicado el Acuerdo del Consejo de Ministros por el que se aprueba la aplicación del mencionado incremento del 0,5 por ciento en las retribuciones del personal al servicio del sector público.
Por ello, en aplicación de lo previsto en la disposición final sexta, párrafo segundo del Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio, y con el fin de facilitar la confección de las nóminas de los altos cargos, personal directivo y demás personal del sector público estatal, se dictan las siguientes instrucciones:
