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Real Decreto-ley 17/2021, de 14 de septiembre, de medidas urgentes para mitigar el impacto de la escalada de precios del gas natural en los mercados minoristas de gas y electricidad. - Boletín Oficial del Estado de 15-09-2021

Tiempo de lectura: 8 min

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 29 de Diciembre de 2023

F. entrada en vigor: 16/09/2021

Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 221

F. Publicación: 15/09/2021


TÍTULO I. Medidas de protección de los consumidores y en materia de fiscalidad energética
Artículo 1. Creación de un suministro mínimo vital. Artículo 2. Determinación de la base imponible y del importe de los pagos fraccionados del Impuesto sobre el valor de la producción de energía eléctrica durante el ejercicio 2021.
TÍTULO II. Fomento de la contratación a plazo mediante mecanismos de mercado para la asignación de energía inframarginal gestionable y no emisora
Artículo 3. Fomento de la contratación a plazo mediante mecanismos de mercado para la asignación de energía inframarginal gestionable y no emisora. TÍTULO III. Mecanismo de minoración del exceso de retribución del mercado eléctrico causado por el elevado precio de cotización del gas natural en los mercados internacionales
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 4. Minoración de la retribución de la actividad de producción de energía eléctrica. Artículo 5. Ámbito de aplicación subjetivo. Artículo 6. Ámbito de aplicación objetivo.
CAPÍTULO II. Cálculo de la minoración y pago
Artículo 7. Cálculo de la cuantía de la minoración. Artículo 8. Procedimiento para el cálculo, notificación y pago de las minoraciones. Artículo 9. Naturaleza y destino de los ingresos.
TÍTULO IV. Criterios de utilización racional de los recursos hídricos
Artículo 10. Modificación del texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Obligaciones de información relativas al mecanismo de minoración del exceso de retribución. D.A. 2ª. Primera subasta de energía inframarginal gestionable y no emisora. D.A. 3ª. Actualización de los cargos del sistema eléctrico. D.A. 4ª. Revisión de los parámetros retributivos aplicables a las instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos. D.A. 5ª. Minoración de la energía sometida al mecanismo de fomento de la contratación a plazo. D.A. 6ª. Tipo impositivo del Impuesto Especial sobre la Electricidad. D.A. 7ª. Limitación de la variación del valor del coste de la materia prima en la tarifa de último recurso de gas natural. D.A. 8ª. Aplicación del mecanismo de minoración a la energía sujeta a instrumentos de contratación a plazo.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Liquidación correspondiente al primer mes de aplicación del mecanismo de minoración. D.T. 2ª. Determinación de la base imponible y del importe de los pagos fraccionados del Impuesto sobre el valor de la producción de energía eléctrica. D.T. 3ª. Aplicación del artículo 55 del texto refundido de la Ley de Aguas en el año hidrológico 2021-2022.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021. D.F. 2ª. Modificación del Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica. D.F. 3ª. Modificación del Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de COVID-19. D.F. 4ª. Títulos competenciales. D.F. 5ª. Desarrollo reglamentario y habilitación normativa. D.F. 6ª. Modificación de disposiciones reglamentarias. D.F. 7ª. Entrada en vigor. ANEXO I. Modificaciones de los anexos II, III y IV y adición de un anexo VII del Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica ANEXO II. Declaración responsable sobre la energía mensual cubierta por instrumentos de contratación a plazo