Legislación
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Real Decreto 1332/2005, de 11 de noviembre, por el que se desarrolla la Ley 5/2005, de 22 de abril, de supervision de los conglomerados financieros y por la que se modifican otras leyes del sector financiero. - Boletín Oficial del Estado de 23-11-2005

Tiempo de lectura: 8 min

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 15 de Febrero de 2015

Órgano emisor: MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 280

F. Publicación: 23/11/2005


Preambulo
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Ámbito de aplicación. Artículo 3. Entidades financieras y sector financiero. Artículo 4. Reglas aplicables a los cálculos necesarios para identificar a los conglomerados financieros. Artículo 5. Autoridades competentes relevantes.
CAPÍTULO II. Elementos de la supervisión adicional
Artículo 6. Requisitos de adecuación de capital adicional. Artículo 7. Principios técnicos de adecuación de capital. Artículo 8. Operaciones intragrupo. Artículo 9. Concentración de riesgos. Artículo 10. Disposiciones comunes a las operaciones intragrupo y las concentraciones de riesgos. Artículo 11. Gestión de riesgos y control interno. Artículo 12. Requisitos de los administradores de las sociedades financieras mixtas de cartera. Artículo 13. Obligación de remisión de información.
CAPÍTULO III. Ejercicio de la supervisión adicional
Artículo 14. Reglas de designación del coordinador. Artículo 15. Identificación del conglomerado financiero y de la entidad obligada. Artículo 16. Cooperación entre autoridades competentes.
CAPÍTULO IV. Medidas de ejecución
Artículo 17. Actuaciones en caso de incumplimiento.
CAPÍTULO V. Grupos de terceros Estados
Artículo 18. Habilitación normativa.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Régimen transitorio de los grupos mixtos no consolidables. D.T. 2ª. Inscripción en registros especiales. D.T. 3ª. Régimen transitorio de los expedientes de solicitud de valoración de inmuebles de entidades aseguradoras por los servicios de la Dirección General de Seguros y Planes de Pensiones.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogaciones normativas.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación del Real Decre-to 1343/1992, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla la Ley 13/1992, de 1 de junio, de recursos propios y supervisión en base consolidada de las entidades financieras. D.F. 2ª. Modificación del Reglamento de desarrollo de la Ley 13/1989, de 26 de mayo, de cooperativas de crédito, aprobado por el Real De-creto 84/1993, de 22 de enero. D.F. 3ª. Modificación del Real Decreto 1245/1995, de 14 de julio, sobre creación de bancos, actividad transfronteriza y otras cuestiones relativas al régimen jurídico de las entidades de crédito. D.F. 4ª. Modificación del Real Decreto 692/1996, de 26 de abril, sobre el régimen jurídico de los establecimientos financieros de crédito. D.F. 5ª. Modificación del Real Decreto 775/1997, de 30 de mayo, sobre el régimen jurídico de homologación de los servicios y sociedades de tasación. D.F. 6ª. Modificación del Reglamento de ordenación y supervisión de los seguros privados, aprobado por el Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre. D.F. 7ª. Modificación del Real Decre-to 2660/1998, de 14 de diciembre, sobre el cambio de moneda extranjera en establecimientos abiertos al público distintos de las entidades de crédito. D.F. 8ª. Modificación del Real Decreto 867/2001, de 20 de julio, sobre el régimen jurídico de las empresas de servicios de inversión. D.F. 9ª. Modificación del Reglamento de planes y fondos de pensiones, aprobado por el Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero. D.F. 10ª. Carácter básico. D.F. 11ª. Incorporación de derecho de la Unión Europea. D.F. 12ª. Habilitación para el desarrollo reglamentario. D.F. 13ª. Entrada en vigor. ANEXO. MÉTODOS DE CÁLCULO