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Real Decreto 1336/2012, de 21 de septiembre, por el que se modifican determinados reales decretos en relación con las facultades de las Autoridades Europeas de Supervisión. - Boletín Oficial del Estado de 05-10-2012

Tiempo de lectura: 3 min

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 05 de Octubre de 2012

F. entrada en vigor: 06/10/2012

Órgano emisor: MINISTERIO DE ECONOMIA Y COMPETITIVIDAD

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 240

F. Publicación: 05/10/2012

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

Preambulo Artículo primero. Modificación del Reglamento de desarrollo de la Ley 13/1989, de 26 de mayo, de Cooperativas de Crédito aprobado por el Real Decreto 84/1993, de 22 de enero. Artículo segundo. Modificación del Real Decreto 1245/1995, de 14 de julio, sobre creación de bancos, actividad transfronteriza y otras cuestiones relativas al régimen jurídico de las entidades de crédito. Artículo tercero. Modificación del Real Decreto 1310/2005, de 4 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, en materia de admisión a negociación de valores en mercados secundarios oficiale... Artículo cuarto. Modificación del Real Decreto 1332/2005, de 11 de noviembre, por el que se desarrolla la Ley 5/2005, de 22 de abril, de supervisión de los conglomerados financieros y por la que se modifican otras leyes del sector financiero. Artículo quinto. Modificación del Real Decreto 1362/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, en relación con los requisitos de transparencia relativos a la información sobre los emisores c... Artículo sexto. Modificación del Real Decreto 216/2008, de 15 de febrero, de recursos propios de las entidades financieras. Artículo séptimo. Modificación del Real Decreto 217/2008, de 15 de febrero, sobre el régimen jurídico de las empresas de servicios de inversión y de las demás entidades que prestan servicios de inversión y por el que se modifica parcialmente el Reglame...
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Título competencial. D.F. 2ª. Incorporación de Derecho de la Unión Europea. D.F. 3ª. Entrada en vigor.