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Real Decreto 1491/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos y el modelo de plan de actuación de las entidades sin fines lucrativos. - Boletín Oficial del Estado de 24-11-2011

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 31 de Enero de 2021

F. entrada en vigor: 01/01/2012

Órgano emisor: MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 283

F. Publicación: 24/11/2011


I II III IV Artículo 1. Aprobación de las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos. Artículo 2. Aprobación del plan de actuación de las entidades sin fines lucrativos. Artículo 3. Ámbito de aplicación de las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos. Artículo 4. Ámbito de aplicación del plan de actuación de las entidades sin fines lucrativos. Artículo 5. Aplicación del Plan General de Contabilidad y del Plan General de Contabilidad de las Pequeñas y Medianas Empresas a las entidades sin fines lucrativos. Artículo 6. Ámbito de aplicación de las normas de registro y valoración del Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas (PYMES). Artículo 7. Aplicación del Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas a las entidades sin fines lucrativos. Artículo 8. Criterios específicos aplicables por microentidades sin fines lucrativos.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Cuentas anuales consolidadas. D.A. 2ª. Asociaciones deportivas. D.A. 3ª. Ajustes derivados del abandono de los criterios específicos aplicables por las microentidades. D.A. 4ª. Incorporación de los criterios específicos aplicables por las microentidades. D.A. 5ª. Aplicación por las entidades sin fines lucrativos de criterios del Plan General de Contabilidad de PYMES cuando en ejercicios previos se han utilizado criterios del Plan General de Contabilidad. D.A. 6ª. Ajustes derivados de la aplicación de criterios del Plan General de Contabilidad por las entidades sin fines lucrativos.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA. Reglas de aplicación de las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos en el primer ejercicio que se inicie a partir de 1 de enero de 2012.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Habilitación normativa. D.F. 2ª. Título competencial. D.F. 3ª. Entrada en vigor. ANEXO I. Normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las Entidades sin Fines Lucrativos
PRIMERA PARTE. Marco conceptual de la contabilidad
1.º Cuentas anuales. Imagen fiel 2.º Requisitos de la información a incluir en las cuentas anuales 3.º Principios contables 4.º Elementos de las cuentas anuales 5.º Criterios de registro o reconocimiento contable de los elementos de las cuentas anuales 6.º Criterios de valoración 7.º Principios y normas de contabilidad generalmente aceptados
SEGUNDA PARTE. Normas de registro y valoración
1.ª Desarrollo del Marco Conceptual de la Contabilidad 2.ª Inmovilizado material 3.ª Normas particulares sobre el inmovilizado intangible 4.ª Bienes del Patrimonio Histórico 5.ª Créditos y débitos 6.ª Existencias 7.ª Impuestos sobre beneficios 8.ª Gastos e ingresos propios de las entidades no lucrativas 9.ª Subvenciones, donaciones y legados recibidos 10.ª Fusiones entre entidades no lucrativas
TERCERA PARTE. Cuentas anuales
I. NORMAS DE ELABORACIÓN DE LAS CUENTAS ANUALES
1.ª Documentos que integran las cuentas anuales 2.ª Formulación de cuentas anuales 3.ª Estructura de las cuentas anuales 4.ª Normas comunes al balance y la cuenta de resultados 5.ª Balance 6.ª Cuenta de resultados 7.ª Memoria 8.ª Información sobre los flujos de efectivo 9.ª Cifra anual de negocios 10.ª Número medio de trabajadores 11.ª Entidades del grupo, multigrupo y asociadas 12.ª Estados financieros intermedios 13.ª Partes vinculadas MODELOS NORMALES DE CUENTAS ANUALES / MEMORIA NORMAL, ABREVIADA Y SIMPLIFICADA/ CUADRO DE CUENTAS / DEFINICIONES Y RELACIONES CONTABLES