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Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitacion 2009-2012. - Boletín Oficial del Estado de 24-12-2008

Tiempo de lectura: 18 min

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2012

F. entrada en vigor: 25/12/2008

Órgano emisor: MINISTERIO DE VIVIENDA

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 309

F. Publicación: 24/12/2008


Preambulo
TÍTULO I. Condiciones generales del Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012
Artículo 1. Beneficiarios de las ayudas del Plan. Artículo 2. Actuaciones protegidas. Artículo 3. Condiciones generales de los demandantes de vivienda y financiación. Artículo 4. Determinación y acreditación de los ingresos familiares. Artículo 5. Destino y ocupación de las viviendas. Artículo 6. Duración del régimen de protección de las viviendas y alojamientos protegidos y limitación del precio de las viviendas usadas. Artículo 7. Inscripción registral del régimen de protección. Artículo 8. Superficies mínima y máxima de las viviendas y ocupación máxima de las mismas. Artículo 9. Módulo Básico Estatal. Artículo 10. Precios máximos de las viviendas protegidas. Artículo 11. Ámbitos territoriales de precio máximo superior. Artículo 12. Préstamos convenidos. Artículo 13. Ayudas financieras del Plan. Artículo 14. Subsidiación de préstamos convenidos. Artículo 15. Ayuda estatal directa a la entrada (AEDE). Artículo 16. Convenios de colaboración con Comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla. Artículo 17. Participación de los Ayuntamientos. Artículo 18. Convenios de colaboración con las entidades de crédito. Artículo 19. Órganos para el seguimiento del Plan. Artículo 20. Financiación del Plan.
TÍTULO II. Programas del Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012
Artículo 21. Ejes básicos y programas del Plan.
CAPÍTULO 1. Eje 1: Promoción de viviendas protegidas
SECCIÓN 1. ª Programa de promoción de vivienda protegida para alquiler
Artículo 22. Viviendas protegidas para arrendamiento. Artículo 23. Duración mínima del régimen de arrendamiento. Artículo 24. Rentas máximas del arrendamiento. Artículo 25. Precios máximos de venta. Artículo 26. Viviendas protegidas para arrendamiento con opción de compra. Artículo 27. Financiación de la promoción de viviendas protegidas para arrendamiento a 25 años. Artículo 28. Financiación de la promoción de viviendas protegidas para arrendamiento a 10 años. Artículo 29. Anticipo de las subvenciones. Artículo 30. Gestión de las viviendas protegidas en arrendamiento. Artículo 31. Cofinanciación de las viviendas de promoción pública destinadas a arrendamiento.
SECCIÓN 2.ª Programa de promoción de vivienda protegida para venta
Artículo 32. Viviendas protegidas para venta. Artículo 33. Financiación de la promoción de viviendas protegidas para venta. Artículo 34. Precios máximos de las viviendas protegidas en segundas y posteriores transmisiones.
SECCIÓN 3.ª PROGRAMA DE PROMOCIÓN DE ALOJAMIENTOS PROTEGIDOS PARA COLECTIVOS ESPECIALMENTE VULNERABLES Y OTROS COLECTIVOS ESPECÍFICOS
Artículo 35. Características básicas y superficies. Artículo 36. Condiciones de uso y gestión. Artículo 37. Financiación de la promoción de alojamientos protegidos.
CAPÍTULO II. Eje 2: Ayudas a demandantes de viviendas
SECCIÓN 1ª .PROGRAMA DE AYUDA A LOS INQUILINOS
Artículo 38. Condiciones de los beneficiarios. Artículo 39. Cuantía y gestión de la ayuda.
SECCIÓN 2.ª PROGRAMA DE AYUDAS A ADQUIRENTES DE VIVIENDAS PROTEGIDAS DE NUEVA CONSTRUCCIÓN Y DE VIVIENDAS USADAS
Artículo 40. Condiciones de los solicitantes. Artículo 41. Financiación de la adquisición de vivienda. Artículo 42. Préstamos convenidos a los adquirentes. Artículo 43. Subsidiación de préstamos convenidos a los adquirentes. Artículo 44. Ayuda Estatal Directa a la Entrada (AEDE).
CAPÍTULO III. Eje 3: Áreas de rehabilitación integral y renovación urbana
SECCIÓN 1.ª PROGRAMA DE ÁREAS DE REHABILITACIÓN INTEGRAL DE CONJUNTOS HISTÓRICOS, CENTROS URBANOS, BARRIOS DEGRADADOS Y MUNICIPIOS RURALES (ARIS)
Artículo 45. Objeto del programa. Artículo 46. Condiciones de las áreas de rehabilitación integral. Artículo 47. Condiciones generales de los beneficiarios. Artículo 48. Financiación de las actuaciones protegidas.
SECCIÓN 2.ªPROGRAMA DE ÁREAS DE RENOVACIÓN URBANA (ARUS)
Artículo 49. Objeto del programa. Artículo 50. Condiciones de las áreas de renovación urbana. Artículo 51. Condiciones generales de los beneficiarios. Artículo 52. Financiación de las actuaciones protegidas. Artículo 53. Precios máximos y financiación de la adquisición de las nuevas viviendas protegidas.
SECCIÓN 3.ª PROGRAMA DE AYUDAS PARA LA ERRADICACIÓN DEL CHABOLISMO
Artículo 54. Objeto del programa. Artículo 55. Beneficiarios de las ayudas. Artículo 56. Financiación de las actuaciones protegidas.
CAPÍTULO IV. Eje 4: Ayudas RENOVE de rehabilitación y eficiencia energética
SECCIÓN 1.ªPROGRAMA DE AYUDAS RENOVE A LA REHABILITACIÓN DE VIVIENDAS Y EDIFICIOS DE VIVIENDAS EXISTENTES
Artículo 57. Condiciones de los beneficiarios de las ayudas. Artículo 58. Actuaciones protegidas. Artículo 59. Financiación de las actuaciones protegidas. Artículo 60. Financiación de la rehabilitación de edificios de viviendas. Artículo 61. Financiación de la rehabilitación de viviendas. Artículo 62. Financiación de la rehabilitación de viviendas unifamiliares aisladas.
SECCIÓN 2.ªPROGRAMA DE AYUDAS A LA EFICIENCIA ENERGÉTICA EN LA PROMOCIÓN DE VIVIENDAS
Artículo 63. Ayudas en la promoción de viviendas protegidas.
CAPÍTULO V. Eje 5: Ayudas para adquisición y urbanización de suelo para vivienda protegida
Artículo 64. Condiciones de las actuaciones protegidas. Artículo 65. Requisitos para acceder a la financiación. Artículo 66. Financiación de las actuaciones protegidas. Artículo 67. El operador público de suelo SEPES.
CAPÍTULO VI. Eje 6: Ayudas a instrumentos de información y gestión del plan
Artículo 68. Objeto del programa. Artículo 69. Beneficiarios de la financiación. Artículo 70. Financiación.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Conceptos y denominaciones utilizados en este Real Decreto. D.A. 2ª. Cuantía del Módulo Básico Estatal. D.A. 3ª. Subvenciones a la vivienda de protección oficial de promoción pública. D.A. 4ª. Aranceles notariales y registrales a aplicar en las transmisiones de viviendas protegidas. D.A. 5ª. Subvenciones de planes estatales de vivienda. D.A. 6ª. Base de datos de actuaciones protegidas. D.A. 7ª. Viviendas de protección oficial de Régimen Especial. D.A. 8ª.Aplicación de medidas del Plan a actuaciones protegidas de planes anteriores.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Medidas para hacer frente a la coyuntura económica del sector. D.T. 2ª. Ámbitos territoriales de precio máximo superior. D.T. 3ª. Inclusión en el Plan de actuaciones calificadas a las que no se haya concedido préstamo convenido. D.T. 4ª. Ayudas financieras para actuaciones derivadas de planes y programas anteriores. D.T. 5ª. Límites temporales a la concesión de ayudas financieras. D.T. 6ª. Registros públicos de demandantes. D.T. 8ª. Consejo del Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Títulos competenciales. D.F. 2ª. Desarrollo normativo. D.F. 3ª. Entrada en vigor. ANEXO.Glosario de conceptos utilizados en este Real Decreto