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REAL DECRETO 208/2005, de 25 de febrero, sobre aparatos electricos y electronicos y la gestion de sus residuos. - Boletín Oficial del Estado de 26-02-2005

Tiempo de lectura: 6 min

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Ambito: BOE

Estado: DEROGADO. Desde 22 de Febrero de 2015

Órgano emisor: MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 49

F. Publicación: 26/02/2005


Derogada Completa Preambulo Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación. Artículo 2. Definiciones. Artículo 3. Medidas de prevención. Artículo 4. Entrega de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos. Artículo 5. Tratamiento de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos. Artículo 6. Requisitos técnicos de las instalaciones de recogida y tratamiento de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos. Artículo 7. Obligaciones de los productores de aparatos eléctricos o electrónicos. Artículo 8. Sistemas integrados de gestión de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos. Artículo 9. Objetivos de recogida, valorización, reutilización y reciclado. Artículo 10. Marcado de aparatos eléctricos o electrónicos. Artículo 11. Información a las comunidades autónomas. Artículo 12. Información al Ministerio de Medio Ambiente. Artículo 13. Régimen sancionador.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Inscripción en el Registro de establecimientos industriales de ámbito estatal. D.A. 2ª. Financiación de la gestión de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos puestos en el mercado antes del 13 de agosto de 2005 y de aparatos que no procedan de hogares particulares. D.A. 3ª. Prevención de riesgos laborales.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA. Información sobre la repercusión en el precio del producto de los costes de la gestión de residuos históricos.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Títulos competenciales. D.F. 2ª. Desarrollo, aplicación y adaptación del real decreto. D.F. 3ª. Entrada en vigor. ANEXO I. Categorías de aparatos eléctricos o electrónicos incluidos en el ámbito de aplicación de este real decreto. Lista indicativa de productos, según las categorías ANEXO II. Excepciones a las prohibiciones de utilizar plomo, mercurio, cadmio y cromo hexavalente en los materiales y componentes de los aparatos eléctricos y electrónicos ANEXO III. Tratamiento selectivo de materiales y componentes de aparatos eléctricos o electrónicos ANEXO IV. Requisitos técnicos de las instalaciones ANEXO V. Símbolo para marcar aparatos eléctricos o electrónicos ANEXO VI. Información mínima que deberán suministrar los productores que establezcan un sistema individual de gestión de sus residuos