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Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09. - Boletín Oficial del Estado de 19-03-2008

Tiempo de lectura: 8 min

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 02 de Enero de 2022

F. entrada en vigor: 19/09/2008

Órgano emisor: MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 68

F. Publicación: 19/03/2008


Artículo único. Aprobación del Reglamento y sus instrucciones técnicas complementarias.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Cobertura de seguro u otra garantía equivalente suscrito en otro Estado. D.A. 2ª. Aceptación de documentos de otros Estados miembros a efectos de acreditación del cumplimiento de requisitos. D.A. 3ª. Modelo de declaración responsable. D.A. 4ª. Obligaciones en materia de información y de reclamaciones.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Exigibilidad de lo dispuesto en el reglamento y sus instrucciones técnicas complementarias. D.T. 2ª. Instalaciones en fase de tramitación en la fecha de obligado cumplimiento del reglamento. D.T. 3ª. Obtención del certificado como empresa instaladora. D.T. 4ª. Autorización de los instaladores y empresas instaladoras en el ámbito del Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en centrales eléctricas, subestaciones y centros de transformación.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Título competencial. D.F. 2ª. Habilitación normativa. D.F. 3ª. Entrada en vigor.
REGLAMENTO SOBRE CONDICIONES TÉCNICAS Y GARANTÍAS DE SEGURIDAD EN LÍNEAS ELÉCTRICAS DE ALTA TENSIÓN
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Ámbito de aplicación. Artículo 3. Tensiones nominales. Categorías de las líneas. Artículo 4. Frecuencia de la red eléctrica nacional. Artículo 5. Compatibilidad con otras instalaciones. Artículo 6. Cumplimiento de las prescripciones y excepciones. Artículo 7. Reconocimiento mutuo. Artículo 8. Normas de obligado cumplimiento. Artículo 9. Accidentes. Artículo 10. Infracciones y sanciones. Artículo 11. Guía técnica. Artículo 12. Equipos y materiales. Artículo 13. Proyecto de las líneas. Artículo 14. Interrupción y alteración del servicio.
CAPÍTULO II. Disposiciones específicas aplicables a líneas propiedad de empresas de transporte y distribución de energía eléctrica
Artículo 15. Especificaciones particulares de las empresas de transporte y distribución de energía eléctrica. Artículo 16. Capacidad técnica de las empresas de transporte y distribución de energía eléctrica para la ejecución y mantenimiento de líneas eléctricas de su propiedad. Artículo 17. Documentación y puesta en servicio de las líneas propiedad de empresas de transporte y distribución de energía eléctrica. Artículo 18. Mantenimiento, verificaciones periódicas e inspecciones de las líneas propiedad de empresas de transporte y distribución de energía eléctrica.
CAPÍTULO III. Disposiciones específicas aplicables a líneas que no sean propiedad de empresas de transporte y distribución de energía eléctrica
Artículo 19. Empresas instaladoras para líneas de alta tensión. Artículo 20. Documentación, puesta en servicio y mantenimiento de las líneas. Artículo 21. Inspecciones periódicas de las líneas. Instrucción Técnica Complementaria ITC-LAT 01 Instrucción Técnica Complementaria ITC-LAT 02 Instrucción Técnica Complementaria ITC-LAT 03 Instrucción Técnica Complementaria ITC-LAT 04 Instrucción Técnica Complementaria ITC-LAT 05 Instrucción Técnica Complementaria ITC-LAT 06 Instrucción Técnica Complementaria ITC-LAT 07 Instrucción Técnica Complementaria ITC-LAT 08 Instrucción Técnica Complementaria ITC-LAT 09