Legislación
Legislación

Real Decreto 397/1996, de 1 de marzo, por el que se regula el registro de prestaciones sociales públicas. - Boletín Oficial del Estado de 02-04-1996

Tiempo de lectura: 5 min

Tiempo de lectura: 5 min

Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2022

F. entrada en vigor: 03/04/1996

Órgano emisor: MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 80

F. Publicación: 02/04/1996


CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y usos del Registro. Artículo 2. Constitución. Artículo 3. Ambito de aplicación. Artículo 4. Régimen jurídico.
CAPÍTULO II. Contenido del Registro
Artículo 5. Estructura básica del Registro. Artículo 6. Datos de identificación. Artículo 7. Actualización de los datos de identificación. Artículo 8. Entidades, organismos y empresas obligadas a suministrar los datos de identificación. Artículo 9. Catálogo de organismos, entidades y empresas obligadas a facilitar los datos.
CAPÍTULO III. Funcionamiento del Registro de prestaciones sociales públicas
Artículo 10. Suministro de los datos de identificación. Artículo 11. Cesión de datos entre Administraciones públicas, entidades y empresas obligadas a suministrar los mismos al Registro de Prestaciones Sociales Públicas. Artículo 12. Transferencia internacional de datos. Artículo 13. Ejercicio de derechos por el afectado. Artículo 14. Derecho de acceso. Artículo 15. Denegación del acceso. Artículo 16. Derecho de rectificación o cancelación.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Dotación de medios al Instituto Nacional de la Seguridad Social. D.A. 2ª. Valoración de incapacidades permanentes y lesiones en orden al reconocimiento del derecho a prestaciones en el Régimen de Clases Pasivas del Estado. D.A. 3ª. Modificación del Reglamento General sobre cotización y liquidación de otros derechos de Seguridad Social.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Facultades de desarrollo. D.F. 2ª. Entrada en vigor.