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Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025. - Boletín Oficial del Estado de 19-01-2022

Tiempo de lectura: 28 min

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 27 de Octubre de 2022

F. entrada en vigor: 20/01/2022

Órgano emisor: MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 16

F. Publicación: 19/01/2022


TÍTULO I. Del Bono Alquiler Joven
Artículo 1. Objeto del Bono Alquiler Joven y régimen jurídico. Artículo 2. Ámbito territorial de aplicación del Bono Alquiler Joven. Artículo 3. Actuación objeto de subvención. Artículo 4. Gestión del Bono Alquiler Joven. Artículo 5. Financiación del Bono Alquiler Joven. Artículo 6. Requisitos que han de reunir las personas beneficiarias. Artículo 7. Condición de vivienda habitual y permanente. Artículo 8. Renta arrendaticia o precio de cesión. Artículo 9. Entidades colaboradoras. Artículo 10. Compatibilidad y complementariedad del Bono Alquiler Joven. Artículo 11. Cuantía de la ayuda. Artículo 12. Plazo de concesión del Bono Alquiler Joven. Artículo 13. Acceso a la ayuda del Bono Alquiler Joven. Artículo 14. Procedimiento de concesión del Bono Alquiler Joven. Artículo 15. Abono de la ayuda. Artículo 16. Justificación por parte de la persona beneficiaria o de la entidad colaboradora del cumplimiento de la finalidad de la concesión del Bono Alquiler Joven y de la aplicación de los fondos recibidos.
TÍTULO II. Del Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 17. Objeto, régimen jurídico y ámbito territorial de aplicación. Artículo 18. Programas del Plan. Artículo 19. Actuaciones objeto de subsidiación. Artículo 20. Actuaciones objeto de subvención. Artículo 21. Gestión de las ayudas del Plan. Convenios del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana con las comunidades autónomas y con las ciudades de Ceuta y Melilla. Artículo 22. Financiación del Plan. Artículo 23. Personas beneficiarias. Artículo 24. Entidades colaboradoras.
CAPÍTULO II. Programa de subsidiación de préstamos convenidos
Artículo 25. Objeto del programa.
CAPÍTULO III. Programa de ayuda al alquiler de vivienda
Artículo 26. Objeto del programa. Artículo 27. Personas beneficiarias. Artículo 28. Modificación del límite de ingresos de la unidad de convivencia y de la renta máxima mensual. Artículo 29. Compatibilidad de la ayuda. Artículo 30. Cuantía de la ayuda. Artículo 31. Plazo de la ayuda. Artículo 32. Acceso a la ayuda. Artículo 33. Concesión directa de las ayudas. Artículo 34. Gestión de la ayuda mediante entidades arrendadoras colaboradoras.
CAPÍTULO IV. Programa de ayuda a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables
Artículo 35. Objeto del programa. Artículo 36. Personas beneficiarias. Artículo 37. Solución habitacional. Artículo 38. Renta arrendaticia o precio de la cesión. Artículo 39. Cuantía de la ayuda. Artículo 40. Plazo de la ayuda. Artículo 41. Acceso a la ayuda. Artículo 42. Concesión directa de la ayuda.
CAPÍTULO V. Programa de ayuda a las personas arrendatarias en situación de vulnerabilidad sobrevenida
Artículo 43. Objeto del programa. Artículo 44. Personas beneficiarias. Artículo 45. Compatibilidad de la ayuda. Artículo 46. Cuantía de la ayuda. Artículo 47. Plazo de la ayuda. Artículo 48. Acceso a la ayuda. Artículo 49. Concesión directa de las ayudas. Artículo 50. Pago de la ayuda.
CAPÍTULO VI. Programa de ayuda a las personas jóvenes y para contribuir al reto demográfico
Artículo 51. Objeto del programa. Artículo 52. Opciones de ayudas. Artículo 53. Personas beneficiarias. Artículo 54. Modificación de la renta máxima mensual. Artículo 55. Compatibilidad de la ayuda. Artículo 56. Cuantía de la ayuda. Artículo 57. Plazos y abono de la ayuda. Artículo 58. Acceso a la ayuda. Artículo 59. Concesión directa de las ayudas. Artículo 60. Gestión de la ayuda mediante entidades colaboradoras.
CAPÍTULO VII. Programa de incremento del parque público de viviendas
Artículo 61. Objeto del programa. Artículo 62. Requisitos de las viviendas. Artículo 63. Personas o entidades beneficiarias de las ayudas. Artículo 64. Acceso a la ayuda. Artículo 65. Concesión directa de las ayudas. Artículo 66. Gestión. Artículo 67. Cuantía de la ayuda. Artículo 68. Limitación del precio del alquiler o de la cesión en uso. Artículo 69. Pago de la ayuda a la persona beneficiaria. Artículo 70. Personas arrendatarias y cesionarias.
CAPÍTULO VIII. Programa de fomento de viviendas para personas mayores y personas con discapacidad
Artículo 71. Objeto del programa. Artículo 72. Requisitos de las viviendas. Artículo 73. Personas beneficiarias de las ayudas. Artículo 74. Gestión. Artículo 75. Cuantía de la ayuda. Artículo 76. Limitación del precio del alquiler o de la cesión en uso. Artículo 77. Concesión directa de la ayuda. Pago de la ayuda a la persona o entidad beneficiaria. Artículo 78. Plazo de ejecución de las actuaciones. Artículo 79. Personas arrendatarias y cesionarias. Artículo 80. Transmisión de la edificación.
CAPÍTULO IX. Programa de fomento de alojamientos temporales, de modelos cohousing, de viviendas intergeneracionales y modalidades similares
Artículo 81. Objeto del programa. Artículo 82. Requisitos de los alojamientos y las viviendas. Artículo 83. Personas beneficiarias de las ayudas. Artículo 84. Gestión. Artículo 85. Cuantía de la ayuda. Artículo 86. Limitación del precio del alquiler o de la cesión en uso. Artículo 87. Concesión directa de la ayuda. Pago de la ayuda a la persona o entidad beneficiaria. Artículo 88. Plazo de ejecución de las actuaciones. Artículo 89. Personas arrendatarias y cesionarias. Artículo 90. Transmisión de la edificación.
CAPÍTULO X. Programa de puesta a disposición de viviendas de la SAREB y de entidades públicas para su alquiler como vivienda social
Artículo 91. Objeto del programa. Artículo 92. Requisitos de las viviendas. Artículo 93. Personas beneficiarias de las ayudas. Artículo 94. Gestión. Artículo 95. Cuantía de la ayuda. Artículo 96. Limitación del precio del alquiler. Artículo 97. Pago de la ayuda a la persona beneficiaria. Artículo 98. Concesión directa de las ayudas. Artículo 99. Personas arrendatarias y cesionarias. Artículo 100. Destino prioritario de las viviendas cedidas por la SAREB o entidad pública.
CAPÍTULO XI. Programa de fomento de la puesta a disposición de las comunidades autónomas y ayuntamientos de viviendas para su alquiler como vivienda asequible o social
Artículo 101. Objeto del programa. Artículo 102. Requisitos de las viviendas. Artículo 103. Personas beneficiarias de las ayudas. Artículo 104. Gestión. Artículo 105. Limitación del precio del alquiler. Artículo 106. Cuantía de la ayuda. Artículo 107. Pago de la ayuda a la persona beneficiaria. Artículo 108. Concesión directa de las ayudas. Artículo 109. Personas arrendatarias.
CAPÍTULO XII. Programa de mejora de la accesibilidad en y a las viviendas
Artículo 110. Objeto del programa. Artículo 111. Personas beneficiarias. Artículo 112. Requisitos. Artículo 113. Actuaciones subvencionables. Artículo 114. Cuantía de las ayudas. Artículo 115. Plazo. Artículo 116. Acceso a la ayuda. Artículo 117. Concesión directa de las ayudas.
CAPÍTULO XIII. Programa de ayuda a la erradicación de zonas degradadas, del chabolismo y la infravivienda
Artículo 118. Objeto del programa. Artículo 119. Delimitación de las zonas degradadas y de las áreas en las que existe chabolismo y/o infravivienda para acceder a las ayudas. Artículo 120. Acuerdo para la gestión de zonas degradadas y áreas en las que exista chabolismo y/o infravivienda. Artículo 121. Personas beneficiarias. Artículo 122. Actuaciones subvencionables. Artículo 123. Cuantía de las ayudas. Artículo 124. Concesión directa de la ayuda. Abono de la ayuda. Artículo 125. Plazo para la ejecución de las actuaciones.
CAPÍTULO XIV. Programa de ayuda al pago del seguro de protección de la renta arrendaticia
Artículo 126. Objeto del programa. Artículo 127. Personas beneficiarias. Artículo 128. Requisitos de la persona arrendataria. Artículo 129. Importe asegurado. Artículo 130. Cuantía de la ayuda. Artículo 131. Plazo de la ayuda. Artículo 132. Procedimiento de concesión.
TÍTULO III. Del seguimiento, control y evaluación del Bono Alquiler Joven y del Plan estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025
Artículo 133. Órganos competentes para el seguimiento del Bono Alquiler Joven y el Plan estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025. Artículo 134. Control e información del Bono Alquiler Joven y del Plan estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025. Artículo 135. Evaluación del Bono Alquiler Joven y del Plan estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025. Artículo 136. Reasignación de recursos del Plan estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Efectividad de las ayudas. D.A. 2ª. Modificación del destino, condiciones de acceso y de precios máximos de venta o alquiler de planes de vivienda anteriores. D.A. 3ª. Ampliación del plazo para la ejecución de determinadas actuaciones del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021. D.A. 4ª. Compensación de ayudas de planes estatales de vivienda. D.A. 5ª. Transferencia de fondos de la partida 17.09.261N.759 A Comunidades Autónomas y Ayuntamientos para adquirir vivienda pública destinada a alquiler social. Recuperar 30/ % viviendas SAREB consignada en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022. D.A. 6ª . Compromisos financieros adquiridos por las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla en ejecución del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021. D.A. 7ª . Modificación de los plazos de formalización de la adquisición de viviendas financiadas con cargo al programa de fomento del parque de vivienda en alquiler.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Disposiciones que se derogan.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Títulos competenciales. D.F. 2ª. Habilitación para el desarrollo reglamentario. D.F. 3ª. Entrada en vigor.