Legislación
Legislación

Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad - Boletín Oficial del Estado de 12-06-2010

Tiempo de lectura: 6 min

Tiempo de lectura: 6 min

Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 14 de Enero de 2021

F. entrada en vigor: 01/10/2010

Órgano emisor: MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACION

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 143

F. Publicación: 12/06/2010


CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Ámbito de aplicación. Artículo 3. Registros de convenios y acuerdos colectivos de trabajo. Artículo 4. Naturaleza jurídica. Artículo 5. Soporte informático de la base de datos central de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.
CAPÍTULO II. Regulación del procedimiento de inscripción de convenios y acuerdos colectivos de trabajo
Artículo 6. Solicitud de inscripción. Artículo 7. Documentación adjunta. Artículo 8. Tramitación del procedimiento de inscripción. Artículo 9. Cómputo de plazos. Artículo 10. Sistema de consulta y seguimiento en la tramitación. Artículo 11. Comunicaciones de oficio. Artículo 12. Subsanación de defectos. Artículo 13. Asignación de código. Artículo 14. Sistemas de firma electrónica admitidos por el registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo. Artículo 15. Documentos originales en soporte informático. Artículo 16. Representación legal.
CAPÍTULO III. Base de datos central de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad
Artículo 17. Base de datos central de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Colaboración entre las autoridades laborales responsables de los registros de convenios y acuerdos colectivos de trabajo. D.A. 2ª. Depósito de convenios y acuerdos de eficacia limitada y acuerdos de empresa. D.A. 3ª. Certificados de firma electrónica. D.A. 4ª. Depósito de acuerdos, laudos arbitrales y decisiones de la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos u órganos correspondientes de las Comunidades Autónomas sobre inaplicación de condiciones de trabajo previstas en los convenios colectivos. D.A. 5ª. Referencias al registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Procedimientos en tramitación. D.T. 2ª. Registros actuales.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Titulo competencial. D.F. 2ª. Derecho supletorio. D.F. 3ª. Facultades de desarrollo. D.F. 4ª. Entrada en vigor. ANEXO I. DATOS A FACILITAR PARA EL REGISTRO DE CONVENIOS Y ACUERDOS COLECTIVOS ANEXO II ANEXO III. Normas para la adjudicación del código de convenio