Legislación
Legislación

Real Decreto 735/1995, de 5 de mayo, por el que se regulan las agencias de colocación sin fines lucrativos y los servicios integrados para el empleo. - Boletín Oficial del Estado de 08-05-1995

Tiempo de lectura: 8 min

Tiempo de lectura: 8 min

Ambito: BOE

Estado: DEROGADO. Desde 01 de Enero de 2011

Órgano emisor: MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 109

F. Publicación: 08/05/1995


Preambulo TÍTULO I. De las agencias de colocación CAPÍTULO I. Disposiciones generales Artículo 1. Definición. Artículo 2. Condiciones de actuación de las agencias de colocación. Artículo 3. Autorización. Artículo 4. Control financiero. Artículo 5. Registro. CAPÍTULO II. De las relaciones entre los sujetos de la intermediación laboral Artículo 6. Regulación general. Artículo 7. Obligaciones de las agencias de colocación en relación con el Instituto Nacional de Empleo. Artículo 8. Forma de llevar a cabo la comunicación. Artículo 9. Derecho de información. Artículo 10. Obligaciones de los trabajadores con el Instituto Nacional de Empleo. CAPÍTULO III. Procedimiento para la concesión, renovación Artículo 11. Iniciación de procedimiento. Artículo 12. Tramitación del procedimiento. Artículo 13. Terminación del procedimiento. Artículo 14. Duración y renovación de la autorización. Artículo 15. Memoria y previsión de actividades. Artículo 16. Modificación del convenio de colaboración. Artículo 17. Extinción de la autorización. TÍTULO II. Planes de servicios integrados para el empleo CAPÍTULO I. Disposiciones generales Artículo 18. Planes de Servicios Integrados para el Empleo. Artículo 19. Concepto y requisitos de las entidades asociadas de los Servicios Integrados para el Empleo. CAPÍTULO II. De los convenios Artículo 20. Convenios. Artículo 21. Iniciativa para la suscripción de convenios. Artículo 22. Financiación de los convenios. Artículo 23. Seguimiento y evaluación. CAPÍTULO III. Derechos y obligaciones Artículo 24. Derechos de las entidades asociadas. Artículo 25. Derechos del Instituto Nacional de Empleo. Artículo 26. Obligaciones de las entidades asociadas. Artículo 27. Obligaciones del Instituto Nacional de Empleo. DISPOSICIONES ADICIONALES D.A. UNICA. Oferta de empleo comunitaria DISPOSICIONES FINALES D.F. 1ª. Derecho supletorio D.F. 2ª. Ejecución y desarrollo. D.F. 3ª. Entrada en vigor.