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Real Decreto 749/2019, de 27 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de funcionamiento del Inventario de Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local. - Boletín Oficial del Estado de 28-12-2019

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 29 de Diciembre de 2019

F. entrada en vigor: 29/12/2019

Órgano emisor: MINISTERIO DE HACIENDA

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 312

F. Publicación: 28/12/2019

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

Artículo único. Aprobación del reglamento.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Otra información a publicar con el Inventario. D.A. 2ª. No incremento del gasto de personal. D.A. 3ª. Facultades de desarrollo y ejecución.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Adecuación del Inventario a lo dispuesto en este real decreto. D.T. 2ª. Inscripciones de datos relativos a entidades preexistentes a la entrada en vigor del real decreto.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Título competencial. D.F. 2ª. Habilitación normativa. D.F. 3ª. Entrada en vigor.
REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL INVENTARIO DE ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO ESTATAL, AUTONÓMICO Y LOCAL
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Ámbito subjetivo. Artículo 3. Ámbito objetivo y publicación del Inventario.
CAPÍTULO II. Organización del Inventario
Artículo 4. Dependencia y gestión del Inventario. Artículo 5. Estructura del Inventario. Artículo 6. Formación y custodia del archivo de entidades. Artículo 7. Responsable del Inventario. Artículo 8. Certificación de la inscripción.
CAPÍTULO III. Funcionamiento del Inventario
Artículo 9. Contenido del Inventario. Artículo 10. Tipos de asientos. Artículo 11. Rectificación de errores.
CAPÍTULO IV. Información a remitir y procedimiento de inscripción
Artículo 12. Régimen jurídico. Artículo 13. Obligatoriedad de la inscripción. Artículo 14. Actos inscribibles. Artículo 15. Medios de remisión de las solicitudes de inscripción. Artículo 16. Presentación de solicitud de inscripción. Artículo 17. Formulario y documentación que se debe aportar con la solicitud. Artículo 18. Plazo de presentación y recepción de solicitudes. Artículo 19. Tramitación y resolución del procedimiento. Artículo 20. Plazo para dictar resolución, notificación y efectos del silencio administrativo. Artículo 21. Intercambio de información.