Legislación
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Real Decreto 750/2010, de 4 de junio, por el que se regulan los procedimientos de homologacion de vehiculos de motor y sus remolques, maquinas autopropulsadas o remolcadas, vehiculos agricolas, asi como de sistemas, partes y piezas de dichos vehiculos. - Boletín Oficial del Estado de 24-06-2010

Tiempo de lectura: 7 min

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 02 de Enero de 2019

F. entrada en vigor: 24/07/2010

Órgano emisor: MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 153

F. Publicación: 24/06/2010


CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Definiciones. Artículo 3. Ámbito de aplicación.
CAPÍTULO II. Homologación de vehículos, sus sistemas, partes y piezas
Artículo 4. Procedimiento de obtención de la homologación de tipo de vehículos, sus sistemas, partes y piezas. Artículo 5. Aplicaciones particulares. Artículo 6. Requisitos sobre la tramitación.
CAPÍTULO III. Ensayos de homologación
Artículo 7. Actas de ensayo. Artículo 8. Vehículos destinados a la realización de los ensayos necesarios para la obtención de la homologación de tipo de vehículos o de los actos reglamentarios.
CAPÍTULO IV. Conformidad de la producción
Artículo 9. Procedimiento de conformidad de la producción. Artículo 10. Número de homologación.
CAPÍTULO V. Designación de los servicios técnicos e inspección técnica de vehículos
Artículo 11. Servicios técnicos. Artículo 12. Tarjetas de inspección técnica de vehículos.
CAPÍTULO VI. Régimen sancionador
Artículo 13. Infracciones y sanciones.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. UNICA. Reformas de importancia antes de la matriculación.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Carrozado inicial de vehículos. D.T. 2ª. Homologaciones de tipo nacionales. D.T. 3ª. Extensiones de homologaciones de tipo nacionales. D.T. 4ª. Tarjetas de ITV o certificados para carrozado para vehículos homologados según el Real Decreto 2140/85, de 9 de octubre. D.T. 5ª. Registro de fabricantes y firmas autorizadas.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Título competencial. D.F. 2ª. Habilitación para la modificación de los anexos de este real decreto. D.F. 3ª. Entrada en vigor. ANEXO I. Modelos de actas de ensayo del laboratorio ANEXO II. Anexo Técnico sobre Homologación Nacional de vehículos de la categoría L ANEXO III. Anexo Técnico sobre Homologación Nacional de vehículos de las categorías M y N ANEXO IV. Anexo Técnico sobre Homologación Nacional de vehículos de las categorías O1, O2, O3 y O4 ANEXO V. Anexo Técnico sobre Homologación Nacional de vehículos de la categoría T y C ANEXO VI. Anexo Técnico sobre Homologación Nacional de Máquinas automotrices de un eje ANEXO VII. Anexo Técnico sobre Homologación Nacional de Máquinas automotrices ANEXO VIII. Anexo Técnico sobre Homologación Nacional de Tractocarros ANEXO IX. Anexo Técnico sobre Homologación Nacional de Remolques especiales ANEXO X. Anexo Técnico sobre Homologación Nacional de Máquinas remolcadas ANEXO XI. Modelo y especificaciones de las tarjetas de inspección técnica de vehículos (ITV) ANEXO XII. Cumplimentación de Tarjetas ITV