Legislación
Legislación

Real Decreto 775/2011, de 3 de junio, por el que se aprueba elReglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso alas profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales. - Boletín Oficial del Estado de 16-06-2011

Tiempo de lectura: 5 min

Tiempo de lectura: 5 min

Ambito: BOE

Estado: DEROGADO. Desde 10 de Febrero de 2023 por Real Decreto 64/2023, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de la Abogacia y la Procura.

F. entrada en vigor: 16/06/2011

Órgano emisor: MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 143

F. Publicación: 16/06/2011


Preambulo Artículo único. Aprobación del Reglamento.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Pruebas piloto. D.A. 2ª. Informe de evaluación.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Título competencial. D.F. 2ª. Desarrollo normativo. D.F. 3ª. Entrada en vigor. REGLAMENTO DE LA LEY 34/2006, DE 30 DE OCTUBRE, SOBRE EL ACCESO A LAS PROFESIONES DE ABOGADO Y PROCURADOR DE LOS TRIBUNALES
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Requisitos generales. Artículo 3. Requisitos de titulación.
CAPÍTULO II. Formación especializada
Artículo 4. Cursos de formación. Artículo 5. Colaboración institucional. Artículo 6. Acreditación de los cursos de formación impartidos por las escuelas de práctica jurídica. Artículo 7. Acreditación profesional de la formación impartida por las universidades. Artículo 8. Registro administrativo. Artículo 9. Becas para la realización de los cursos de formación. Artículo 10. Competencias de los cursos de formación para el acceso a la profesión de abogado. Artículo 11. Competencias de los cursos de formación para el acceso a la profesión de procurador de los tribunales. Artículo 12. Configuración de los planes de estudio de los cursos de formación. Artículo 13. Profesorado.
CAPÍTULO III. Prácticas externas
Artículo 14. Contenido de las prácticas externas. Artículo 15. Lugares de realización de las prácticas. Artículo 16. Tutorías.
CAPÍTULO IV. Acreditación de la capacitación profesional
Artículo 17. Contenido de la evaluación. Artículo 18. Convocatoria de la evaluación. Artículo 19. Comisión de evaluación. Artículo 20. Calificación de la evaluación.