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Real Decreto 805/2014, de 19 de septiembre, por el que se aprueba el Plan Técnico Nacional de la Televisión Digital Terrestre y se regulan determinados aspectos para la liberación del dividendo digital. - Boletín Oficial del Estado de 24-09-2014

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Ambito: BOE

Estado: DEROGADO. Desde 26 de Junio de 2019 por Real Decreto 391/2019, de 21 de junio, por el que se aprueba el Plan Tecnico Nacional de la Television Digital Terrestre y se regulan determinados aspectos para la liberacion del segundo dividendo digital.

F. entrada en vigor: 25/09/2014

Órgano emisor: MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y TURISMO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 232

F. Publicación: 24/09/2014

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

Preambulo Artículo 1. Aprobación del Plan técnico nacional de la televisión digital terrestre. Artículo 2. Explotación de los múltiples de la televisión digital terrestre de cobertura estatal y autonómica. Artículo 3. Utilización de canales radioeléctricos en los múltiples digitales Artículo 4. Regulación del proceso de liberación de la banda de frecuencias 790 MHz a 862 MHz por la Corporación de Radio y Televisión Española. Artículo 5. Regulación del proceso de liberación de la banda de frecuencias 790 a 862 MHz por los titulares de licencias del servicio de comunicación audiovisual televisiva de cobertura estatal. Artículo 6. Regulación del proceso de liberación de la banda de frecuencias 790 MHz a 862 MHz por el servicio de televisión digital terrestre de cobertura autonómica. Artículo 7. Regulación del proceso de liberación de la banda de frecuencias 790 MHz a 862 MHz por el servicio de televisión digital terrestre de cobertura insular y local. Artículo 8. Disposiciones comunes para la liberación de la banda de frecuencias 790 MHz a 862 MHz
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Definiciones. D.A. 2ª. Número de canales de televisión en cada múltiple digital. D.A. 3ª. Gestión técnica del múltiple digital. D.A. 4ª. Características de los equipos terminales de televisión digital terrestre. D.A. 5ª. Actualización del software de los equipos terminales de televisión digital terrestre. D.A. 6ª. Adecuación de proyectos técnicos. D.A. 7ª. Inspecciones realizadas. D.A. 8ª. Iniciativa pública en la extensión de la cobertura de la televisión digital. D.A. 9ª. Canales radioeléctricos para micro-reemisores de televisión digital terrestre de cobertura autonómica. D.A. 10ª. Autorización para resolver sobre ajustes y adaptaciones técnicas. D.A. 11ª. Parámetros de información de servicio de la televisión digital terrestre. D.A. 12ª. Múltiples digitales de cobertura autonómica. D.A. 13ª. Actualizaciones de los sistemas de recepción de televisión digital terrestre con motivo de la liberación del dividendo digital. D.A. 14ª. Adaptación de los proyectos técnicos de infraestructuras comunes de telecomunicaciones para el acceso a los servicios de telecomunicación en el interior de las edificaciones (ICT´s). D.A. 15ª. Emisiones de televisión en alta definición. D.A. 16ª. Modificaciones de canales radioeléctricos
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Modificaciones de los títulos habilitantes otorgados para la prestación del servicio de televisión digital terrestre. D.T. 2ª. Modificaciones en los títulos habilitantes otorgados para el uso del dominio público radioeléctrico. D.T. 3ª. Emisiones técnicas en el múltiple digital de cobertura estatal MPE5. D.T. 4ª. Simplificación de los procesos de resintonización.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación del Reglamento regulador de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones para el acceso a los servicios de telecomunicación en el interior de las edificaciones, aprobado por Real Decreto 346/2011, de 11 de marzo. D.F. 2ª. Modificación del Real Decreto 691/2010, de 20 de mayo, por el que se regula la televisión digital terrestre en alta definición. D.F. 3ª. Título constitucional. D.F. 4ª. Desarrollo reglamentario y aplicación. D.F. 5ª. Entrada en vigor.
PLAN TÉCNICO NACIONAL DE LA TELEVISIÓN DIGITAL TERRESTRE
Artículo 1. Banda de frecuencias. Artículo 2. Múltiples digitales. Artículo 3. Especificaciones técnicas de los transmisores. Artículo 4. Características técnicas de las estaciones. Artículo 5. Coordinación internacional. ANEXO 1. ÁREAS GEOGRÁFICAS ANEXO 2. PLANIFICACIÓN DE LOS MÚLTIPLES DIGITALES DE COBERTURA ESTATAL Y AUTONÓMICA ANEXO 3. MODIFICACIÓN DE CANALES RADIOELÉCTRICOS DEL PLAN NACIONAL DE LA TELEVISIÓN DIGITAL LOCAL