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Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Publico. - Boletín Oficial del Estado de 15-05-2009

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 23 de Marzo de 2011

Órgano emisor: MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 118

F. Publicación: 15/05/2009


CAPÍTULO I. Clasificación de empresas
SECCIÓN 1.ª Solvencia económico-financiera para la clasificación de empresas.
Artículo 1. Criterios técnicos de solvencia económica y financiera. Artículo 2. Justificación del mantenimiento de la solvencia económica y financiera de las empresas clasificadas. Artículo 3. Comprobación de los datos de solvencia económica y financiera de las empresas clasificadas.
SECCIÓN 2.ª Revisión de clasificaciones.
Artículo 4. Revisión de oficio de clasificaciones por causas relativas a la solvencia económica y financiera. Artículo 5. Expedientes de revisión de clasificaciones por causas relativas a la solvencia económica y financiera. Artículo 6. Informes y propuestas de resolución. Artículo 7. Recursos.
CAPÍTULO II. El Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado
SECCIÓN 1.ª Normas generales
Artículo 8. Régimen organizativo. Artículo 9. Clases de inscripciones.
SECCIÓN 2.ª Inscripciones obligatorias
Artículo 10. Inscripción de la clasificación. Artículo 11. Práctica de la inscripción de la clasificación. Artículo 12. Inscripción de las prohibiciones de contratar. Artículo 13. Práctica de la inscripción. Artículo 14. Efectos de la inscripción de las prohibiciones de contratar.
SECCIÓN 3.ª Inscripciones voluntarias
Artículo 15. Actos inscribibles voluntariamente. Artículo 16. Circunstancias de las inscripciones voluntarias. Artículo 17. Práctica de las inscripciones voluntarias. Artículo 18. Obligaciones de los empresarios inscritos. Artículo 19. Efectos de la inscripción en el Registro. Artículo 20. Certificaciones relativas a las inscripciones.
CAPÍTULO III. Las Mesas de Contratación
Artículo 21. Composición de las mesas de contratación. Artículo 22. Funciones de las mesas de contratación. Artículo 23. Mesa de diálogo competitivo. Artículo 24. Mesa de contratación del sistema estatal de contratación centralizada.
CAPÍTULO IV. Aplicación de criterios de adjudicación que dependan de un juicio de valor
Artículo 25. Órgano competente para la valoración. Artículo 26. Presentación de la documentación relativa a los criterios de adjudicación ponderables en función de un juicio de valor. Artículo 27. Apertura de los sobres. Artículo 28. Composición del comité de expertos. Artículo 29. Designación de los órganos que deban efectuar la valoración. Artículo 30. Práctica de la valoración.
CAPÍTULO V. Comunicaciones al Registro de Contratos del Sector Público
Artículo 31. Contenido de las comunicaciones al Registro de Contratos del Sector Público.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. UNICA. Uso de medios electrónicos, informáticos y telemáticos.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Comunicación de datos al Registro de Contratos del Sector Público. D.T. 2ª. Régimen Transitorio de las normas relativas al Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado. D.T. 3ª. Mesas de contratación actualmente constituidas. D.T. 4ª. Expedientes iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Normas de carácter básico y no básico. D.F. 2ª. Modelos de anuncios. D.F. 3ª. Anexos I y II de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. D.F. 4ª. Anexos I, II.A y II.B de la Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los Sectores del Agua, la Energía, el Transporte y los Servicios Postales. D.F. 5ª. Modificación del artículo 179.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. D.F. 6ª. Modificación del artículo 28.4 del Real Decreto 2188/1995, de 28 de diciembre. D.F. 7ª. Modificación del Real Decreto 706/1997, de 16 de mayo, por el que se desarrolla el régimen de control interno de la Intervención General de la Seguridad Social. D.F. 8ª. Entrada en vigor. ANEXO I. Comunicación de datos de contratos para su inscripción en el Registro de Contratos del Sector Público ANEXO II. Modelos de anuncios de licitación y formalización de los contratos para su publicación en el "Boletín Oficial del Estado" ANEXO III. Modelos de anuncios de licitación y adjudicación de los contratos para su publicación en el «Diario Oficial de las Comunidades Europeas» APÉNDICE