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Real Decreto-ley 11/2010, de 9 de julio, de órganos de gobierno y otros aspectos del régimen jurídico de las Cajas de Ahorros. - Boletín Oficial del Estado de 13-07-2010

Tiempo de lectura: 5 min

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2015

F. entrada en vigor: 14/07/2010

Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 169

F. Publicación: 13/07/2010


Preambulo Artículo 1. Objeto.
TÍTULO I. Cuotas participativas de las cajas de ahorros
Artículo 2. Modificación de la Ley 13/1985, de 25 de mayo, de coeficientes de inversión, recursos propios y obligaciones de información de los intermediarios financieros.
TÍTULO II. Órganos de gobierno de las Cajas de ahorros
Artículo 3. Modificación de la Ley 31/1985, de 2 de agosto, de regulación de las normas básicas sobre Órganos Rectores de las Cajas de Ahorro.
TÍTULO III. Sistemas institucionales de protección
Artículo 4. Modificación de la Ley 13/1985, de 25 de mayo, de coeficientes de inversión, recursos propios y obligaciones de información de los intermediarios financieros.
TÍTULO IV. Ejercicio indirecto de la actividad financiera y régimen de transformación de las cajas de ahorros
Artículo 5. Ejercicio indirecto de la actividad financiera de las cajas de ahorros. Artículo 6. Transformación de cajas de ahorros en fundaciones de carácter especial.
TÍTULO V. Régimen fiscal
Artículo 7. Régimen fiscal.
TÍTULO VI. Disposiciones en materia de solvencia
Artículo 8. Modificación de la Ley 13/1985, de 25 de mayo, de coeficientes de inversión, recursos propios y obligaciones de información de los intermediarios financieros.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. UNICA. Reforzamiento de los recursos propios de las entidades de crédito.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Régimen transitorio de las cuotas participativas. D.T. 2ª. Adaptación de la legislación de las Comunidades Autónomas en materia de cajas de ahorros. D.T. 3ª. Adaptación de los Estatutos de las cajas de ahorros. D.T. 4ª. Adaptación de nuevos órganos de gobierno. D.T. 5ª. Continuidad de actuales órganos de gobierno. D.T. 6ª. Régimen transitorio para determinados miembros de órganos de gobierno. D.T. 7ª. Cómputo total del mandato en determinados supuestos. D.T. 8ª. Régimen transitorio fiscal. D.T. 9ª. Régimen transitorio de la transformación de las Cajas de Ahorros en fundaciones de carácter especial.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Títulos competenciales. D.F. 2ª. Entrada en vigor.