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Real Decreto-ley 6/2013, de 22 de marzo, de protección a los titulares de determinados productos de ahorro e inversión y otras medidas de carácter financiero. - Boletín Oficial del Estado de 23-03-2013

Tiempo de lectura: 3 min

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 23 de Diciembre de 2021

F. entrada en vigor: 24/03/2013

Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 71

F. Publicación: 23/03/2013


CAPÍTULO I. Comisión de seguimiento de instrumentos híbridos de capital y deuda subordinada
Artículo 1. Comisión de seguimiento de instrumentos híbridos de capital y deuda subordinada.
CAPÍTULO II
Artículo 2. Modificación de la disposición adicional quinta del Real Decreto-ley 21/2012, de 13 de julio, de medidas de liquidez de las Administraciones públicas y en el ámbito financiero.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Medidas de aplicación del Reglamento (UE) N.º 260/2012 del Parlamento europeo y del Consejo de 14 de marzo de 2012, por el que se establecen requisitos técnicos y empresariales para las transferencias y los adeudos domiciliados en euros, y se modifica el Reglamento (CE) n.º 924/2009. D.A. 2ª. Atención de reclamaciones derivadas de compromisos adquiridos por las entidades de crédito en virtud de la disposición adicional única del Real Decreto-ley 27/2012, de 15 de noviembre, de medidas urgentes para reforzar la protección de los deudores hipotecarios.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación de la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de medidas de reforma del sistema financiero. D.F. 2ª. Modificación del texto refundido de la Ley de ordenación y supervisión de los seguros privados, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre. D.F. 3ª. Modificación de la Ley 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración y resolución de entidades de crédito. D.F. 4ª. Título competencial. D.F. 5ª. Facultades de desarrollo. D.F. 6ª. Entrada en vigor.