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Recurso de inconstitucionalidad nº 6972-2015, contra determinados apartados del articulo unico y disposicion adicional primera de la Ley Foral 15/2015, de 10 de abril, por la que se modifica la Ley Foral 8/2007, de 23 de marzo, de las Policias de Navarra. - Boletín Oficial del Estado de 07-05-2016

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Ambito: BOE

Órgano emisor: TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 111

F. Publicación: 07/05/2016

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Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial del Estado Número 111 de 07/05/2016 y no contiene posibles reformas posteriores

El Pleno del Tribunal Constitucional, por Auto de 26 de abril actual en el recurso de inconstitucionalidad núm. 6972-2015, promovido por el Abogado del Estado, en representación del Presidente del Gobierno, ha acordado:

1. Mantener la suspensión de los siguientes apartados del artículo único de la Ley Foral 15/2015, de 10 de abril, por la que se modifica la Ley Foral 8/2007, de 23 de marzo, de las Policías de Navarra: Tres (por cuanto respecta a los apartados 1 y 2 del nuevo artículo 5 ter incluido en la Ley Foral 8/2007); Veinte (por cuanto modifica el artículo 34.1 de la Ley Foral 8/2007 en lo que respecta a la aplicación a los Cuerpos de Policía Local de su inciso final «o que cuenten con más de cinco años de antigüedad en dicho empleo, aunque carezcan de titulación»); y Veintiuno (por cuanto modifica el artículo 35.1 de la Ley Foral 8/2007 en lo que respecta a la aplicación a los Cuerpos de Policía Local de su inciso final «o que cuenten con más de cinco años de antigüedad en dicho empleo, aunque carezcan de titulación»); así como de la disposición adicional primera de la citada Ley Foral 15/2015, de 10 de abril.

2. Levantar la suspensión del apartado Treinta y cuatro del artículo único de la Ley Foral 15/2015, de 10 de abril, por la que se modifica la Ley Foral 8/2007, de 23 de marzo, de las Policías de Navarra: Tres (por cuanto se refiere a la aplicación del artículo 57.1 a los Cuerpos de Policía Local exclusivamente).

Suspensión que se produjo con la admisión del mencionado recurso de inconstitucionalidad y que fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 303, de 19 de diciembre de 2015.

Madrid, 26 de abril de 2016.-La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.