RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD núm. 2557-2017, interpuesto por el presidente del Gobierno en relación con diversos preceptos de la Ley de Cataluña 3/2017, de 15 de febrero, del libro sexto del Código civil de Cataluña, relativo a las obligaciones y los contratos, y de modificación de los libros primero, segundo, tercero, cuarto y quinto (sentencia)., - Diario Oficial de Cataluña, de 31-12-2019
Ambito: Cataluña
Órgano emisor: TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Boletín: Diario Oficial de Cataluña Número 8033
F. Publicación: 31/12/2019
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El suplemento del BOE núm. 304, de 19.12.2019 publica la Sentencia 132/2019, de 13 de noviembre, dictada por el Pleno del Tribunal Constitucional en el recurso de inconstitucionalidad núm. 2557-2017, interpuesto por el Presidente del Gobierno contra los arts. 3, 4 y 9 de la Ley de Cataluña 3/2017, de 15 de febrero, del libro sexto del Código Civil de Cataluña, relativo a las obligaciones y los contratos, y de modificación de los libros primero, segundo, tercero, cuarto y quinto.
En dicha sentencia, el Tribunal Constitucional ha decidido:
'1.º Estimar parcialmente el recurso de inconstitucionalidad y, en consecuencia, declarar inconstitucional y nulo el art. 621-54.3 del Código Civil catalán, introducido por el art. 3 de la Ley 3/2017, de 15 de febrero, del libro sexto del Código Civil de Cataluña, relativo a las obligaciones y los contratos, y de modificación de los libros primero, segundo, tercero, cuarto y quinto.
2.° Desestimar el recurso en todo lo demás.'
Hay cuatro votos particulares discrepantes: uno que formula el magistrado don Andrés Ollero Tassara; otro que formula el magistrado don Alfredo Montoya Melgar; otro que formula el magistrado don Antonio Narváez Rodríguez, al que se adhiere el magistrado don Santiago Martínez-Vares García; y otro que formula el magistrado don Ricardo Enríquez Sancho, al que se adhiere el magistrado don Antonio Narváez Rodríguez.
Barcelona, 20 de diciembre de 2019
Víctor Cullell i Comellas
Secretario del Gobierno