Reglamento (UE) 2023/988 del Parlamento Europeo y del Consejo de 10 de mayo de 2023 relativo a la seguridad general de los productos, por el que se modifican el Reglamento (UE) n.º 1025/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo y la Directiva (UE) 2020/1828 del Parlamento Europeo y del Consejo, y se derogan la Directiva 2001/95/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y la Directiva 87/357/CEE del Consejo (Texto pertinente a efectos del EEE) - Diario Oficial de la Unión Europea de 23-05-2023
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Finalidad y objeto
Artículo 2. Ámbito de aplicación
Artículo 3. Definiciones
Artículo 4. Venta a distancia
CAPÍTULO II. REQUISITOS DE SEGURIDAD
Artículo 5. Requisito general de seguridad
Artículo 6. Aspectos considerados en la evaluación de la seguridad de los productos
Artículo 7. Presunción de conformidad con el requisito general de seguridad
Artículo 8. Elementos adicionales que deben tenerse en cuenta para la evaluación de la seguridad de los productos
CAPÍTULO III. OBLIGACIONES DE LOS OPERADORES ECONÓMICOS
SECCIÓN 1
Artículo 9. Obligaciones de los fabricantes
Artículo 10. Obligaciones de los representantes autorizados
Artículo 11. Obligaciones de los importadores
Artículo 12. Obligaciones de los distribuidores
Artículo 13. Supuestos en que las obligaciones de los fabricantes se aplican a otros operadores económicos
Artículo 14. Procesos internos relativos a la seguridad de los productos
Artículo 15. Cooperación de los operadores económicos con las autoridades de vigilancia del mercado
Artículo 16. Persona responsable de los productos introducidos en el mercado de la Unión
Artículo 17. Información destinada a los operadores económicos
Artículo 18. Requisitos específicos de trazabilidad para determinados productos o categorías o grupos de productos
SECCIÓN 2
Artículo 19. Obligaciones de los operadores económicos en caso de venta a distancia
Artículo 20. Obligaciones de los operadores económicos en caso de accidente relacionado con la seguridad de los productos
Artículo 21. Información en formato electrónico
CAPÍTULO IV. PRESTADORES DE MERCADOS EN LÍNEA
Artículo 22. Obligaciones específicas de los prestadores de mercados en línea relacionadas con la seguridad de los productos
CAPÍTULO V. VIGILANCIA DEL MERCADO Y EJECUCIÓN
Artículo 23. Vigilancia del mercado
Artículo 24. Informe anual
CAPÍTULO VI. SISTEMA DE ALERTA RÁPIDA «SAFETY GATE» Y PORTAL SAFETY BUSINESS GATEWAY
Artículo 25. Sistema de Alerta Rápida «Safety Gate»
Artículo 26. Notificación de productos peligrosos a través del Sistema de Alerta Rápida «Safety Gate»
Artículo 27. Safety Business Gateway
CAPÍTULO VII. FUNCIÓN DE LA COMISIÓN Y COORDINACIÓN DE LA GARANTÍA DEL CUMPLIMIENTO
Artículo 28. Medidas de la Unión contra productos que presenten un riesgo grave
Artículo 29. Solicitud de dictamen de la Comisión sobre las divergencias en la evaluación del riesgo
Artículo 30. Red de Seguridad de los Consumidores
Artículo 31. Actividades conjuntas en materia de seguridad de los productos
Artículo 32. Acciones de control simultáneas y coordinadas de las autoridades de vigilancia del mercado («barridos»)
CAPÍTULO VIII. DERECHO A INFORMACIÓN Y A UNA SOLUCIÓN
Artículo 33. Información entre las autoridades y el público en general
Artículo 34. Portal Safety Gate
Artículo 35. Información que los operadores económicos y prestadores de mercados en línea proporcionan a los consumidores sobre la seguridad de los productos
Artículo 36. Aviso de recuperación
Artículo 37. Soluciones en caso de recuperación de productos por motivos de seguridad
Artículo 38. Memorandos de entendimiento
Artículo 39. Acciones de representación
CAPÍTULO IX. COOPERACIÓN INTERNACIONAL
Artículo 40. Cooperación internacional
CAPÍTULO X. DISPOSICIONES FINANCIERAS
Artículo 41. Actividades de financiación
Artículo 42. Protección de los intereses financieros de la Unión
CAPÍTULO XI. DISPOSICIONES FINALES
Artículo 43. Responsabilidad
Artículo 44. Sanciones
Artículo 45. Ejercicio de la delegación
Artículo 46. Procedimiento de comité
Artículo 47. Evaluación y revisión
Artículo 48. Modificaciones del Reglamento (UE) n.º 1025/2012
Artículo 49. Modificación de la Directiva (UE) 2020/1828
Artículo 50. Derogación
Artículo 51. Disposiciones transitorias
Artículo 52. Entrada en vigor y aplicación
ANEXO. TABLA DE CORRESPONDENCIAS