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REGLAMENTO (CE) Nº 2201/2003 DEL CONSEJO de 27 de noviembre de 2003 relativo a la competencia, el reconocimiento y la ejecucion de resoluciones judiciales en materia matrimonial y de responsabilidad parental, por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 1347/2000 - Diario Oficial de la Unión Europea de 23-12-2003

Tiempo de lectura: 15 min

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Ambito: DOUE

Estado: DEROGADO. Desde 01 de Agosto de 2022 por Reglamento (UE) 2019/1111 del Consejo, de 25 de junio de 2019, relativo a la competencia, el reconocimiento y la ejecucion de resoluciones en materia matrimonial y de responsabilidad parental, y sobre la sustraccion internacional de menores

F. entrada en vigor: 01/08/2004

Órgano emisor: CONSEJO

Boletín: Diario Oficial de la Unión Europea Número 336

F. Publicación: 23/12/2003

  • Norma derogada desde el 1 de agosto de 2022, pero seguirá aplicándose a las resoluciones dictadas en procedimientos ya incoados, a los documentos públicos formalizados o registrados y a los acuerdos que hayan adquirido fuerza ejecutiva en el Estado miembro en el que hayan sido celebrados antes del 1 de agosto de 2022 y que entren dentro del ámbito de aplicación de dicho Reglamento.

Preambulo
CAPÍTULO I. ÁMBITO DE APLICACIÓN Y DEFINICIONES
Artículo 1. Ámbito de aplicación Artículo 2. Definiciones
CAPÍTULO II. COMPETENCIA
SECCIÓN 1. Divorcio, separación judicial y nulidad matrimonial
Artículo 3. Competencia general Artículo 4. Demanda reconvencional Artículo 5. Conversión de la separación judicial en divorcio Artículo 6. Carácter exclusivo de las competencias definidas en los artículos 3, 4 y 5 Artículo 7. Competencia residual
SECCIÓN 2. Responsabilidad parental
Artículo 8. Competencia general Artículo 9. Mantenimiento de la competencia del Estado miembro de la anterior residencia habitual del menor Artículo 10. Competencia en caso de sustracción de menores Artículo 11. Restitución del menor Artículo 12. Prórroga de la competencia Artículo 13. Competencia basada en la presencia del menor Artículo 14. Competencia residual Artículo 15. Remisión a un órgano jurisdiccional mejor situado para conocer del asunto
SECCIÓN 3. Disposiciones comunes
Artículo 16. Iniciación del procedimiento Artículo 17. Comprobación de la competencia Artículo 18. Comprobación de la admisibilidad Artículo 19. Litispendencia y acciones dependientes Artículo 20. Medidas provisionales y cautelares
CAPÍTULO III. RECONOCIMIENTO Y EJECUCIÓN
SECCIÓN 1. Reconocimiento
Artículo 21. Reconocimiento de una resolución Artículo 22. Motivos de denegación del reconocimiento de resoluciones en materia de divorcio, separación judicial o nulidad matrimonial Artículo 23. Motivos de denegación del reconocimiento de resoluciones en materia de responsabilidad parental Artículo 24. Prohibición del control de la competencia del órgano jurisdiccional de origen Artículo 25. Diferencias en el Derecho aplicable Artículo 26. No revisión en cuanto al fondo Artículo 27. Suspensión del procedimiento
SECCIÓN 2. Solicitud de declaración de ejecutoriedad
Artículo 28. Resoluciones ejecutivas Artículo 29. Competencia territorial de los órganos jurisdiccionales Artículo 30. Procedimiento Artículo 31. Resolución del órgano jurisdiccional Artículo 32. Notificación de la resolución Artículo 33. Recurso Artículo 34. Apelación y recurso ulterior Artículo 35. Suspensión del procedimiento Artículo 36. Ejecución parcial
SECCIÓN 3. Disposiciones comunes a las secciones 1 y 2
Artículo 37. Documentos Artículo 38. Ausencia de documentos Artículo 39. Certificado relativo a resoluciones en materia matrimonial y a resoluciones en materia de responsabilidad parental
SECCIÓN 4. Fuerza ejecutiva de determinadas resoluciones relativas al derecho de visita y de determinadas resoluciones que ordenan la restitución del menor
Artículo 40. Ámbito de aplicación Artículo 41. Derecho de visita Artículo 42. Restitución del menor Artículo 43. Procedimiento de rectificación Artículo 44. Efectos del certificado Artículo 45. Documentos
SECCIÓN 5. Documentos públicos y acuerdos
Artículo 46.
SECCIÓN 6. Otras disposiciones
Artículo 47. Procedimiento de ejecución Artículo 48. Modalidades prácticas de ejercicio del derecho de visita Artículo 49. Costas Artículo 50. Asistencia jurídica gratuita Artículo 51. Caución o depósito Artículo 52. Legalización y formalidades análogas
CAPÍTULO IV. COOPERACIÓN ENTRE AUTORIDADES CENTRALES EN MATERIA DE RESPONSABILIDAD PARENTAL
Artículo 53. Designación Artículo 54. Funciones generales Artículo 55. Cooperación en casos específicamente relacionados con la responsabilidad parental Artículo 56. Acogimiento del menor en otro Estado miembro Artículo 57. Método de trabajo Artículo 58. Reuniones
CAPÍTULO V. RELACIONES CON OTROS ACTOS
Artículo 59. Relaciones con otros actos Artículo 60. Relación con determinados convenios multilaterales Artículo 61. Relaciones con el Convenio de La Haya de 19 de octubre de 1996 relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento, la ejecución y la cooperación en materia de responsabilidad parental y de medidas de protección de los niños Artículo 62. Alcance de los efectos Artículo 63. Tratados con la Santa Sede
CAPÍTULO VI. DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Artículo 64.
CAPÍTULO VII. DISPOSICIONES FINALES
Artículo 65. Revisión Artículo 66. Estados miembros con dos o más ordenamientos jurídicos Artículo 67. Información relativa a las autoridades centrales y lenguas Artículo 68. Información relativa a los órganos jurisdiccionales y a las vías de recurso Artículo 69. Modificaciones de los anexos Artículo 70. Comité Artículo 71. Derogación del Reglamento (CE) n° 1347/2000 Artículo 72. Entrada en vigor ANEXO I. CERTIFICADO RELATIVO A LAS RESOLUCIONES JUDICIALES EN MATERIA MATRIMONIAL A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 39 (1) ANEXO II. CERTIFICADO RELATIVO A LAS RESOLUCIONES EN MATERIA DE RESPONSABILIDAD PARENTAL A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 39 (1) ANEXO III. CERTIFICADO RELATIVO A LAS RESOLUCIONES EN MATERIA DE DERECHO DE VISITA A QUE SE REFIERE EL APARTADO 1 DEL ARTÍCULO 41 (1) ANEXO IV. CERTIFICADO RELATIVO A LA RESTITUCIÓN DEL MENOR A QUE SE REFIERE EL APARTADO 1 DEL ARTÍCULO 42 (1) ANEXO V. CUADRO DE CORRESPONDENCIAS CON EL REGLAMENTO (CE) N° 1347/2000 ANEXO VI. DECLARACIONES DE SUECIA Y FINLANDIA CON ARREGLO A LA LETRA A) DEL APARTADO 2 DEL ARTÍCULO 59 DEL REGLAMENTO DEL CONSEJO RELATIVO A LA COMPETENCIA, EL RECONOCIMIENTO Y LA EJECUCIÓN DE RESOLUCIONES JUDICIALES EN MATERIA MATRIMONIAL Y DE RESPONS...