Resolución de 12 de agosto de 2022, de la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, por la que se establecen las condiciones de aplicación de las medidas de fomento del transporte colectivo establecidas en el artículo 7 del Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto, en relación a la reducción del precio de abonos y títulos multiviaje por parte de Renfe Viajeros, S.M.E., SA, así como las relativas a la creación de títulos multiviaje y bonificación de su precio en determinadas rutas de servicios ferroviarios prestados sobre la red ferroviaria de alta velocidad. - Boletín Oficial del Estado de 18-08-2022
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Texto
Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 06 de Diciembre de 2022
F. entrada en vigor: 18/08/2022
Órgano emisor: MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 198
F. Publicación: 18/08/2022
Primero. Condiciones de venta y utilización de los títulos multiviaje de los servicios de cercanías.
Segundo. Condiciones de venta y utilización de los títulos multiviaje de los servicios de media distancia.
Tercero. Condiciones de venta y utilización de los títulos multiviaje de los servicios AVANT.
Cuarto. Condiciones de venta y utilización de los títulos multiviaje en determinadas rutas de servicios ferroviarios prestados sobre la red ferroviaria de alta velocidad.