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RESOLUCIÓN de 12 de enero de 2005, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación del III Acuerdo sobre Solución Extrajudicial de Conflictos Laborales (ASEC III). - Boletín Oficial del Estado de 29-01-2005

Tiempo de lectura: 6 min

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Ambito: BOE

Estado: DEROGADO. Desde 15 de Marzo de 2009

Órgano emisor: MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 25

F. Publicación: 29/01/2005

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

Preambulo Primero. Segundo.
III ACUERDO SOBRE SOLUCIÓN EXTRAJUDICIAL DE CONFLICTOS LABORALES (ASEC III)
TÍTULO I
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Ámbito territorial y temporal. Artículo 3. Naturaleza y eficacia jurídicas. Artículo 4. Conflictos afectados.
CAPÍTULO II. El Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje (SIMA)
Artículo 5. Naturaleza jurídica y funciones. Artículo 6. Funcionamiento del Servicio. Artículo 7. Designación de mediadores y árbitros.
TÍTULO II. Procedimientos de solución de conflictos
CAPÍTULO I. Disposiciones comunes a los procedimientos de solución de conflictos
Artículo 8. Procedimientos. Artículo 9. Principios rectores de los procedimientos. Artículo 10. Intervención previa de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo. Artículo 11. Eficacia de las soluciones alcanzadas.
CAPÍTULO II. Procedimiento de mediación
Artículo 12. Cuestiones generales. Artículo 13. Sujetos legitimados para solicitar la mediación. Artículo 14. Solicitud de la mediación. Artículo 15. Actuación de los mediadores. Artículo 16. Finalización de la mediación. Artículo 17. Procedimiento específico en los supuestos de huelga.
CAPÍTULO III. Procedimiento de arbitraje
Artículo 18. Cuestiones generales. Artículo 19. Sujetos legitimados para solicitar el arbitraje. Artículo 20. Solicitud del arbitraje. Artículo 21. Actuación de los árbitros. Artículo 22. Eficacia del laudo arbitral.
TÍTULO III
Artículo 23. Comité Paritario Interconfederal.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. D.A. 2ª.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. D.T. 2ª.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. UNICA.