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RESOLUCION de 16 de febrero de 2006, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se publica el Acuerdo de prorroga para 2006, al concierto suscrito con DKV Seguros y Reaseguros, S. A. Española para la prestacion de asistencia sanitaria a los beneficiarios de MUFACE adscritos a DKV en sus desplazamientos temporales al extranjero. - Boletín Oficial del Estado, de 16-03-2006

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 14 de Junio de 2006

F. entrada en vigor: 05/04/2006

Órgano emisor: MINISTERIO DE ADMINISTRACIONES PUBLICAS

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 64

F. Publicación: 16/03/2006

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial del Estado Número 64 de 16/03/2006 y no contiene posibles reformas posteriores

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Con fecha 30 de diciembre de 2005 se suscribió el Acuerdo de Prórroga para 2006 al Concierto entre la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE) y DKV Seguros y Reaseguros, S. A. Española para la prestación de la asistencia sanitaria a los beneficiarios de MUFACE adscritos a DKV en sus desplazamientos temporales al extranjero.

En aplicación del artículo 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, resuelvo publicar el citado Concierto que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 16 de febrero de 2006. La Directora general, Carmen Román Riechmann.

ANEXO

Acuerdo de prórroga para 2006 al concierto entre la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE) y DKV Seguros y Reaseguros, S. A. Española para la prestación de la asistencia sanitaria a los beneficiarios de MUFACE adscritos a DKV en sus desplazamientos temporales al extranjero

Madrid, a 30 de diciembre de 2005.

REUNIDOS

De una parte, D. ª Carmen Román Riechmann,, Directora General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), en virtud de las facultades que le confiere la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común y actuando en nombre y representación de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), en uso de las facultades que le confiere el artículo 11.2, k) del Real Decreto 577/1997, de 18 de abril, por el que se establece la estructura de los órganos de gobierno, administración y representación de MUFACE,

Y, de otra, D. Luis Fidel Campoy Domene, con DNI 24.880.619-R, en calidad de Director General de Salud y Apoderado de DKV Seguros y Reaseguros, S. A. Española, y en representación de la misma, según poderes otorgados en escritura pública de fecha 16 de julio de 1998, ante el Notario de Zaragoza, D. José Enrique Cortés Valdés, bajo el número de orden 3.237 de su protocolo.

En la representación que para cada uno de ellos queda indicada, MANIFIESTAN Primero. Que con fecha 1 de enero de 2005 las partes suscribieron un Concierto para facilitar que los mutualistas y demás beneficiarios de MUFACE adscritos, a efectos de asistencia sanitaria, a la Entidad DKV Seguros y Reaseguros S. A. Española (en adelante DKV), reciban en sus desplazamientos temporales al extranjero las prestaciones sanitarias, con los medios que le indique DKV y sin tener que sufragar, en primera instancia, el coste de los mismos.

Segundo. Que la cláusula sexta del mismo estipula que los efectos del presente Concierto se iniciarán a las cero horas del día uno de enero del año 2005 y durarán hasta el 31 de diciembre de 2005, pudiendo prorrogarse por periodos anuales, por mutuo acuerdo de las partes, antes de la fecha en que finalice su vigencia, mediante Acuerdo expreso vinculado a los correspondientes Acuerdos de suscripción entre MUFACE y DKV del

Concierto de Asistencia Sanitaria en Territorio Nacional o sus prórrogas correspondientes.

Tercero. Que la cláusula cuarta establece el procedimiento de resarcimiento de gastos, estipulando, entre otras cosas, que dicho Concierto queda sometido a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto del ejercicio para financiar las obligaciones derivadas del mismo y tendrá un límite máximo de gasto de 107.000. En el supuesto de prórroga, este límite máximo se actualizará incrementando su cuantía en la misma proporción en que se incremente el precio del Concierto de Asistencia Sanitaria en Territorio Nacional, que DKV tenga suscrito con MUFACE.

Cuarto. Durante el año de vigencia del mencionado Concierto se han constatado las ventajas reportadas a los beneficiarios de DKV a la hora de recibir asistencia sanitaria fuera de territorio nacional en sus desplazamientos temporales, por ello, ambas partes, están interesadas en mantener la mutua colaboración en esta materia y prorrogar el mismo para el año 2006 de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Se prorrogan, para el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2006 hasta el 31 de diciembre de 2006, los efectos del Concierto entre MUFACE y DKV para la prestación de la asistencia sanitaria a los beneficiarios de MUFACE adscritos a DKV en sus desplazamientos temporales al extranjero.

Segunda. Se establece un límite máximo de gasto de 116.683 5 para financiar las obligaciones derivadas de esta prórroga, cantidad obtenida al incrementar el límite máximo del Concierto para 2005 por el 9 05 %, que es el incremento del precio del Concierto de Asistencia Sanitaria en Territorio Nacional suscrito por DKV con MUFACE, para este ejercicio.

Tercera. MUFACE procederá a resarcir a DKV, por los gastos en que hubiera incurrido por la cobertura de prestaciones amparadas por esta prórroga, con cargo a la aplicación presupuestaria 22.102.312E. 251.

La presente prórroga queda sometida a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto del ejercicio para financiar las obligaciones derivadas del mismo.