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RESOLUCIÓN de 16 de junio de 2022, del conseller de Hacienda y Modelo Económico, por la que se aprueba la implementación del sistema informático PROPER y se regulan las actuaciones administrativas automatizadas de la Intervención de la Generalitat Valenciana, de acuerdo con lo previsto en la Orden 2/2022, de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico, que regula las actuaciones o trámites de alta, modificación y baja de los datos personales identificativos y bancarios de las personas físicas y jurídicas que se relacionen económicamente con la Generalitat. [2022/5754], - Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, de 30-06-2022

Tiempo de lectura: 7 min

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Ambito: Comunidad Valenciana

Órgano emisor: CONSELLERIA DE HACIENDA Y MODELO ECONOMICO

Boletín: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana Número 9372

F. Publicación: 30/06/2022

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana Número 9372 de 30/06/2022 y no contiene posibles reformas posteriores

La transformación digital de la Administración pública es una constante del funcionamiento administrativo en los últimos años. Resaltando el impulso dado por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, así como la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del régimen jurídico del sector público. Dicha normativa contempla que la tramitación electrónica constituya la actuación habitual de las administraciones públicas, para servir mejor a los principios de eficacia, eficiencia, al ahorro de costes, a las obligaciones de transparencia y a las garantías de los ciudadanos.

La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, recoge en su artículo 41 la posibilidad de que las administraciones públicas utilicen medios electrónicos para realizar con ellos, íntegramente, actos o actuaciones en el marco de un procedimiento administrativo sin la intervención de forma directa de un empleado público.

La Orden 2/2022 de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico, por la que se regulan las actuaciones o trámites de alta, modificación y baja de los datos personales identificativos y bancarios de las personas físicas y jurídicas que se relacionen económicamente con la Generalitat, avanza en la implantación de las relaciones electrónicas con la sociedad mediante la habilitación de la comunicación telemática bidireccional de los datos identificativos personales y bancarios, permitiendo a las personas interesadas facilitar sus datos de una forma más cómoda y ágil por vía telemática, con la seguridad e integridad que ofrecen las transacciones informáticas realizadas a través de sistemas de firma electrónica.

La mencionada orden, tiene por objeto regular el alta, modificación y baja de los datos identificativos y bancarios de las personas físicas y jurídicas que se relacionen económicamente con la Administración de la Generalitat y los organismos autónomos cuya contabilidad esté integrada en el sistema de información contable de la primera, previendo la utilización de una actuación o trámite automatizado con carácter obligatorio para determinados sujetos, pero permitiendo en aquellos casos en que no sea obligatorio, la utilización del cauce tradicional.

Por lo que respecta a la utilización de actuaciones o trámites automatizados, dicha norma establece en su disposición final primera que, la puesta en funcionamiento de la correspondiente aplicación informática que se desarrolle para dar cumplimiento a dicha funcionalidad y a la implementación de nuevas, se realizará mediante resolución de la persona titular de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico.

Por todo lo expuesto, de conformidad con la disposición final primera de la Orden 2/2022, de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico, por la que se regulan las actuaciones o trámites de alta, modificación y baja de los datos personales identificativos y bancarios de las personas físicas y jurídicas que se relacionen económicamente con la Generalitat, en relación con el artículo 5 del Decreto 5/2019, de 16 de junio, del president de la Generalitat, por el que se determinan el número y la denominación de las consellerias, y sus atribuciones y Decreto 171/2020, de 30 de octubre, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico resuelvo:

Primero. Objeto

El objeto de esta resolución es la regulación de la automatización de determinadas actuaciones administrativas de la Intervención General de la Generalitat relacionadas con la producción de actuaciones o trámites automatizados en la base de datos corporativa, el establecimiento de los órganos responsables para la definición de las especificaciones, programación, mantenimiento, supervisión y control de calidad, según prevé el artículo 41.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público y el artículo 77 del Decreto 220/2014, de 12 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de administración electrónica de la Comunitat Valenciana, la definición de los medios de firma aplicables y la aprobación de la implementación del sistema informático PROPER.

Segundo. Actuaciones administrativas que se ejecutarán de manera automatizada

En el ámbito de las competencias regulas por la Orden 2/2022 de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico, por la que se regulan las actuaciones o trámites de alta, modificación y baja de los datos personales identificativos y bancarios de las personas físicas y jurídicas que se relacionen económicamente con la Generalitat, se acuerda que las siguientes actuaciones pueden ser ejecutadas aplicando mecanismos de actuación administrativa automatizada:

1. Alta de los datos personales identificativos y bancarios de las personas físicas y jurídicas que se relacionen económicamente con la Administración de la Generalitat y los organismos autónomos cuya contabilidad esté integrada en el sistema de información contable de la primera.

2. Modificación de los datos personales identificativos y bancarios de las personas físicas y jurídicas que se relacionen económicamente con la Administración de la Generalitat y los organismos autónomos cuya contabilidad esté integrada en el sistema de información contable de la primera.

3. Baja de los datos personales identificativos y bancarios de las personas físicas y jurídicas que se relacionen económicamente con la Administración de la Generalitat y los organismos autónomos cuya contabilidad esté integrada en el sistema de información contable de la primera.

Tercero. Implementación del sistema informático PROPER

Se aprueba la implementación del sistema informático PROPER que se va a utilizar para la producción de las actuaciones administrativas automatizadas de la Intervención General de la Generalitat reguladas en la presente resolución.

Cuarto. Sistema de firma a emplear para las actuaciones administrativas automatizadas reguladas en esta resolución

De acuerdo con el artículo 42 de la Ley 4/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, el artículo 9 de la Orden 2/2022 de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico, por la que se regulan las actuaciones o trámites de alta, modificación y baja de los datos personales identificativos y bancarios de las personas físicas y jurídicas que se relacionen económicamente con la Generalitat y la Orden 9/2017, de 29 de septiembre, de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico, sobre el uso de código seguro de verificación como firma electrónica en los actos administrativos de la Generalitat y sus organismos autónomos, la Intervención de la Generalitat Valenciana usará un sistema de firma electrónica basado en la incorporación de un código seguro de verificación para la identificación y autenticación del ejercicio de la competencia en los documentos que dejen constancia de las actuaciones automáticas reguladas en la presente orden.

Quinto. Atribución de responsabilidades a los órganos o unidades competentes

De acuerdo con lo que prevé el artículo 41.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, para la aprobación del uso de actuación administrativa automatizada es necesario designar a los órganos competentes para la especificación, implementación y mantenimiento del sistema. Se atribuyen estas competencias, en relación con todas las actuaciones identificadas en el apartado segundo, del siguiente modo:

1. Para el diseño informático, programación y mantenimiento del sistema de información y su código fuente: la Dirección General de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

2. Para la supervisión, control de calidad y auditoría del sistema de información y su código fuente: la Viceintervención General de Control Financiero y Auditorías de la Intervención General de la Generalitat.

3. Para la definición de especificaciones del sistema de información: la Dirección General de Intervención de la Intervención General de la Generalitat.

Sexto. Generación de comunicación informativa al ciudadano

1. Una vez se incorpore el alta, modificación o baja de los datos bancarios o identificativos en la BDC, el sistema generará una comunicación firmada con CSV, la cual será depositada en la carpeta ciudadana.

2. Contra la emisión de la comunicación informativa no cabe la interposición de recurso ni reclamación.

Séptimo. Acceso al servicio PROPER

Los interesados podrán acceder al sistema informático citado en la presente Resolución a través de la sede electrónica de la Generalitat, https://sede.gva.es.

Octavo. Actualización y modificación

La actualización y modificación del sistema informático que de soporte a las actuaciones administrativas automatizadas reguladas en esta resolución deberá respetar el marco normativo aplicable y la podrá decidir el responsable de especificaciones del sistema de información según viene determinado en el resuelvo quinto.

Noveno. Eficacia

Esta resolución producirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

València, 16 de juny de 2022.- El conseller d'Hisenda i Model Econòmic: Arcadi España Garcia.

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