Legislación
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Resolución de 18 de diciembre de 2015, por la que se aprueba la instrucción de contabilidad de los tributos del Sistema Tributario Canario y se determinan la estructura, justificación, tramitación y rendición de la cuenta de los tributos que integran el Sistema Tributario Canario cuya gestión corresponde a la Agencia Tributaria Canaria. - Boletín Oficial de Canarias de 04-01-2016

Tiempo de lectura: 11 min

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Ambito: Canarias

Estado: VIGENTE. Validez desde 19 de Marzo de 2020

F. entrada en vigor: 05/01/2016

Órgano emisor: CONSEJERIA DE HACIENDA

Boletín: Boletín Oficial de Canarias Número 1

F. Publicación: 04/01/2016


Artículo Único.- Aprobación de la Instrucción de Contabilidad de los tributos del Sistema Tributario Canario gestionados por la Agencia Tributaria Canaria.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª.- Justificación de la Cuenta del ejercicio 2015. D.T. 2ª.- Relación de figuras tributarias que se incluyen en la Cuenta de los tributos del Sistema Tributario Canario.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. UNICA.
ANEXO. INSTRUCCIÓN DE CONTABILIDAD DE LOS TRIBUTOS DEL SISTEMA TRIBUTARIO CANARIO Y SE DETERMINAN LA ESTRUCTURA, JUSTIFICACIÓN, TRAMITACIÓN Y RENDICIÓN DE LA CUENTA DE LOS TRIBUTOS QUE INTEGRAN EL SISTEMA TRIBUTARIO CANARIO CUYA GESTIÓN CORRESPONDE A LA AGENCIA TRIBUTARIA CANARIA.
TÍTULO I. PRINCIPIOS GENERALES
CAPÍTULO 1º. LA CONTABILIDAD DE LOS TRIBUTOS DEL SISTEMA TRIBUTARIO CANARIO
Regla 1.- Objeto y ámbito de aplicación. Regla 2.- Régimen legal.
CAPÍTULO 2º. PRINCIPIOS CONTABLES
Regla 3.- Principios contables. Regla 4.- Gestión continuada. Regla 5.- Devengo. Regla 6.- Uniformidad. Regla 7.- Importancia relativa. Regla 8.- Imputación de la transacción. Regla 9.- Principio de registro.
CAPÍTULO 3º. EL SISTEMA DE INFORMACIÓN CONTABLE
Regla 10.- Configuración del Sistema. Regla 11.- Sujeción al régimen de Contabilidad Pública. Regla 12.- Ejercicio contable. Regla 13.- Organización contable. Regla 14.- Contenido de la contabilidad de los tributos. Regla 15.- De la contabilidad de las declaraciones-autoliquidaciones. Regla 16.- De la contabilidad de las liquidaciones de contraído previo. Regla 17.- De la contabilidad de los descuentos en pagos. Regla 18.- De la contabilidad de los pagos.
CAPÍTULO 4º. DE LOS LIBROS DE CONTABILIDAD
Regla 19.- Objeto. Regla 20.- Delimitación. Regla 21.- Obtención. Regla 22.- Llevanza. Regla 23.- Conservación.
CAPÍTULO 5º. DE LOS DOCUMENTOS CONTABLES
Regla 24.- Normas generales. Regla 25.- Procedimiento de anotación contable. Regla 26.- Toma de razón.
CAPÍTULO 6º. COMPETENCIAS
Regla 27.- Competencias de la Agencia Tributaria Canaria. Regla 28.- Competencias de la Intervención General.
CAPÍTULO 7º. FINES DE LA CONTABILIDAD DE LOS TRIBUTOS DEL SISTEMA TRIBUTARIO CANARIO
Regla 29.- Fines de la Contabilidad.
TÍTULO II. DE LA INTEGRACIÓN Y CENTRALIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN CONTABLE RELATIVA A LOS tributos DEL SISTEMA TRIBUTARIO CANARIO GESTIONADOS POR LA AGENCIA TRIBUTARIA CANARIA
CAPÍTULO 1º. NORMAS GENERALES
Regla 30.- Delimitación. Regla 31.- Procedimiento de remisión de la información contable. Regla 32.- Otra información a suministrar a la Intervención General.
CAPÍTULO 2º. CONTENIDO Y PERIODICIDAD DE LA INFORMACIÓN CONTABLE A REMITIR A LA INTERVENCIÓN DELEGADA SOBRE LOS DERECHOS E INGRESOS EN EL ÁMBITO TRIBUTARIO
SECCIÓN 1ª. De la información a remitir correspondiente a los actos de gestión relativos a liquidaciones de contraído previo
Regla 33.- Liquidaciones practicadas. Regla 34.- Liquidaciones anuladas.
SECCIÓN 2ª. De la información a remitir correspondiente al proceso de recaudación
Regla 35.- Delimitación. Regla 36.- Ingreso a través de Entidades de Depósitos colaboradoras en la recaudación. Regla 37.- Ingresos de contraído previo descontados en pagos. Regla 38.- Acuerdos de devolución. Regla 39.- Pago de devoluciones.
SECCIÓN 3ª. De la información a remitir correspondiente a rectificaciones contables
Regla 40.- Delimitación.
TÍTULO III. DE LAS CUENTAS Y DOCUMENTACIÓN A RENDIR
CAPÍTULO I. NORMAS GENERALES
Regla 41.- Delimitación y contenido. Regla 42.- Obtención de la cuenta de los tributos del Sistema Tributario Canario. Regla 43.- Formulación y puesta a disposición de la Intervención Delegada sobre los derechos e ingresos en el ámbito tributario. Regla 44.- Del informe de control financiero. Regla 45.- Aprobación y remisión de la cuenta de los tributos del Sistema Tributario Canario. Regla 46.- Conservación de la Cuenta de los tributos del Sistema Tributario Canario. Regla 47.- Justificación de la Cuenta de los tributos del Sistema Tributario Canario.
CAPÍTULO 2º. LA CUENTA DE LOS TRIBUTOS DEL SISTEMA TRIBUTARIO CANARIO
Regla 48.- Contenido y estructura de la Cuenta de los tributos del Sistema Tributario Canario. Regla 49.- Cuenta de los tributos propios de la Comunidad Autónoma de Canarias y los tributos estatales cedidos. Regla 50.- Cuenta de los tributos del Bloque de Financiación Canario y otros recursos del Régimen Económico y Fiscal. Regla 51.- Cuenta de las operaciones extrapresupuestarias. Regla 52.- Estados de saldos contables pendientes de cobro según su grado de exigibilidad. ANEXO DE LA INSTRUCCIÓN