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Resolución de 18 de diciembre de 2017, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se establece la aplicación del procedimiento previsto en la regla 78 quáter de la Instrucción de operatoria contable a seguir en la ejecución del gasto del Estado, aprobada por Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 1 de febrero de 1996, por determinados departamentos Ministeriales., - Boletín Oficial del Estado, de 28-12-2017

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Ambito: BOE

Órgano emisor: MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCION PUBLICA

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 315

F. Publicación: 28/12/2017

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial del Estado Número 315 de 28/12/2017 y no contiene posibles reformas posteriores

La Orden HFP/1105/2017, de 16 de noviembre, ha modificado, entre otras normas, la Orden de 1 de febrero de 1996, por la que se aprueba la Instrucción de Operatoria Contable a seguir en la ejecución del gasto del Estado (en adelante, Instrucción de operatoria contable), con el objetivo principal de avanzar en la ampliación y mejora del inventario de Infraestructuras y bienes muebles de la Administración General del Estado.

Tras la citada modificación, se ha incorporado a la Instrucción de operatoria contable, a través de la regla 78 quáter, un procedimiento para la tramitación de las operaciones con incidencia en el módulo de inventario de la aplicación Sorolla en los Departamentos Ministeriales.

La disposición transitoria quinta, «Aplicación de la regla 78 quáter en los distintos Departamentos ministeriales» de la Orden de 1 de febrero de 1996, por la que se aprueba la Instrucción de operatoria contable a seguir en la ejecución del gasto del Estado establece que la Intervención General de la Administración del Estado determinará, mediante Resolución, teniendo en consideración la disponibilidad de medios para la implantación del inventario Sorolla, el momento en el que los distintos Departamentos Ministeriales deberán iniciar la aplicación del procedimiento descrito en dicha regla.

En virtud de lo establecido en la Disposición transitoria quinta de la Orden de 1 de febrero de 1996, por la que se aprueba la Instrucción de operatoria contable a seguir en la ejecución del gasto del Estado, esta Intervención General dispone:

El Ministerio de Fomento, el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y el Ministerio de Economía, Industria y Competitividad deberán aplicar, a partir de 1 de febrero de 2018, el procedimiento previsto en la regla 78 quáter de la Instrucción de Operatoria contable a seguir en la ejecución del gasto del Estado, aprobada por Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 1 de febrero de 1996, para la tramitación de las operaciones con incidencia en el inventario Sorolla, sin perjuicio de lo establecido en la disposición transitoria sexta de la misma Orden Ministerial.

No obstante, en el caso de la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento, la obligatoriedad del procedimiento indicado en el párrafo anterior se producirá a partir de 1 de mayo de 2018.

A efectos de incluir en el inventario Sorolla todas las altas del ejercicio 2018 en los citados Ministerios, una vez que apliquen el nuevo procedimiento según los plazos indicados en los párrafos anteriores, las unidades de inventario de dichos Ministerios deberán dar de alta en inventario Sorolla los bienes adquiridos desde de 1 de enero de 2018 hasta el momento de la obligatoriedad del nuevo procedimiento, remitiendo el oportuno certificado de Inventario Sorolla por cada una de las altas a su oficina contable a efectos del registro contable en el SIC.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 18 de diciembre de 2017.-La Interventora General de la Administración del Estado, M.ª Luisa Lamela Díaz.