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Resolución de la Directora General de Mujer y Diversidad de Género, por la que se aprueba el Reglamento de Régimen Interior del Centro de Emergencia para Mujeres Víctimas de Violencia de Género de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. - Boletín Oficial de la Región de Murcia de 22-05-2020

Tiempo de lectura: 8 min

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Ambito: Murcia

Estado: VIGENTE. Validez desde 22 de Mayo de 2020

F. entrada en vigor: 22/05/2020

Órgano emisor: CONSEJERIA DE MUJER, IGUALDAD, LGTBI, FAMILIAS Y POLITICA SOCIAL

Boletín: Boletín Oficial de la Región de Murcia Número 117

F. Publicación: 22/05/2020

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

Primero. Segundo. Tercero.
ANEXO. REGLAMENTO RÉGIMEN INTERIOR DEL CENTRO DE EMERGENCIA PARA MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO DE LA REGIÓN DE MURCIA
CAPÍTULO I.- Naturaleza y objeto
Artículo 1.- Definición y características del Centro de Emergencia. Artículo 2.- Objetivos. Artículo 3.- Sede del Centro de Emergencia. Artículo 4.- Naturaleza Jurídica. Artículo 5.- Dependencia funcional y orgánica. Artículo 6.- Gestión del Centro de Emergencia.
CAPÍTULO II.- Régimen de admisión, ingreso y bajas
Artículo 7.- Personas beneficiarias. Artículo 8.- Condiciones para la admisión. Artículo 9.- Procedimiento de admisión. Artículo 10.- Acogida. Artículo 11.- Menores y otras personas a cargo de las mujeres acogidas. Artículo 12.- Duración de la estancia. Artículo 13.- Baja de las usuarias. Artículo 14. - Salida del Centro de Emergencia. Derivación al recurso adecuado. Artículo 15.- Estancia temporal de usuarias en otros recursos.
CAPÍTULO III.- Servicios y personal
Artículo 16.- Servicios que se prestan en el Centro de Emergencia. Artículo 17.- Gratuidad de los servicios. Artículo 18.- Equipo profesional.
CAPÍTULO IV.- Funcionamiento
Artículo 19.- Horario. Artículo 20.- Espacios y objetos personales. Artículo 21.- Espacios comunes. Artículo 22.- Espacios de uso restringido. Artículo 23.- Cuidado de los espacios del centro. Artículo 24.- Alimentación. Artículo 25.- Reuniones. Artículo 26.- Actividades individuales y grupales. Artículo 27.- Salidas. Artículo 28.- Relación con el exterior. Artículo 29.- Consumo y tenencia de sustancias tóxicas. Artículo 30.- Higiene y atención sanitaria.
CAPÍTULO V.- Derechos, deberes e incumplimiento de las normas
Artículo 31.- Derechos de las mujeres acogidas. Artículo 32.- Deberes de las mujeres acogidas. Artículo 33.- Información y aceptación de las Normas de Convivencia. Artículo 34.- Incumplimiento de las normas. Artículo 35.- Quejas, reclamaciones y sugerencias.
CAPÍTULO VI. Medidas para garantizar la convivencia
Artículo 36.- Convivencia pacífica en el centro. Artículo 37.- Incumplimientos. Artículo 38.- Graduación de los incumplimientos y de las medidas. Artículo 39.- Incumplimientos leves. Artículo 40.- Incumplimientos graves. Artículo 41.- Incumplimientos muy graves. Artículo 42.- Medidas ante los incumplimientos. Artículo 43.- Registro y comunicación de los incumplimientos y medidas.