Legislación
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Resolución de 20 de junio de 2020, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se establecen medidas específicas para la organización y desarrollo de actividades juveniles de ocio y tiempo libre y para la impartición de la formación en dicha materia en la Comunidad Autónoma de la Rioja, con carácter extraordinario con el fin de reducir riesgos de propagación del COVID19, tras la superación de la fase 3 del plan para la transición hacia una nueva normalidad - Boletín Oficial de La Rioja de 24-06-2020

Tiempo de lectura: 5 min

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Ambito: La Rioja

Estado: VIGENTE. Validez desde 20 de Junio de 2020

F. entrada en vigor: 20/06/2020

Órgano emisor: CONSEJERIA DE EDUCACION Y CULTURA

Boletín: Boletín Oficial de La Rioja Número 77

F. Publicación: 24/06/2020

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

Primero. Segundo. Tercero.
ANEXO I. Condiciones para la organización y desarrollo de actividades juveniles de ocio y tiempo libre en la Comunidad Autónoma de la Rioja con carácter extraordinario con el fin de reducir riesgos de propagación del COVID 19
1.-Ámbito de aplicación. Clases de actividad juvenil. 2.-Documentación necesaria en toda actividad juvenil. 3.-Condiciones para el desarrollo de la actividad juvenil de ocio y tiempo libre sin manutención ni pernocta. 3.1. Participantes. 3.2. Condiciones organizativas generales. 3.3. Organización de la actividad al aire libre. 3.4. Organización de la actividad en espacios cerrados. 3.5. Comidas. 3.6. Transporte. 4.-Condiciones para el desarrollo de la actividad juvenil de ocio y tiempo libre con manutención y pernocta. 4.1. Participantes. 4.2. Condiciones organizativas generales a todo tipo de campamento juvenil. 4.4. Condiciones específicas para el resto de campamentos juveniles. 4.5 Otros lugares de pernocta: 4.6. Transporte.
5.-Medidas de información
5.1 Con carácter previo al comienzo de la actividad 5.2 Información durante el desarrollo de la actividad 5.3. Información y formación a los responsables de la actividad ANEXO II. Plan de adecuación de las actividades de ocio educativo juvenil con motivo del COVID-19 ANEXO III. Protocolo de prevención y actuación en caso de riesgo de contagio o de contagio positivo ANEXO IV. Modelo de aceptación de condiciones de participación, obligación de información y consentimiento informado, para participar en actividades de ocio educativo juvenil ANEXO V. Condiciones para la impartición de la formación no formal en materia de ocio y tiempo libre impartida por las Escuelas de Formación, Ocio y Tiempo Libre reconocidas por el Gobierno de la Rioja con carácter extraordinario con el fin de reducir riesgos de propagación del COVID 19