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SENTENCIA de 22 de junio de 2004, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se anula el parrafo segundo del apartado 2 del articulo 17 del Reglamento de Mutualidades de Prevision Social, aprobado por Real Decreto 1430/2002, de 27 de diciembre. - Boletín Oficial del Estado, de 23-08-2004

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 23 de Agosto de 2004

F. entrada en vigor: 23/08/2004

Órgano emisor: TRIBUNAL SUPREMO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 203

F. Publicación: 23/08/2004

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial del Estado Número 203 de 23/08/2004 y no contiene posibles reformas posteriores

En el recurso contenciosoadministrativo nº 52/2003, interpuesto por la Mutualidad General de la Abogacía, Mutualidad de Previsión Social a Prima Fija, Mutualidad de los Procuradores de los Tribunales de España M. P. S. P. F. y por Previsión Mutua de Aparejadores y Arquitectos Técnicos M. P. S. , la Sala Tercera (Sección Tercera) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia, en fecha 22 de junio de 2004, que contiene el siguiente fallo:

FALLAMOS Que estimamos el recurso contenciosoadministrativo interpuesto por la Mutualidad General de la Abogacía, Mutualidad de Previsión Social a Prima Fija, por la Mutualidad de los Procuradores de los Tribunales de España M. P. S. P. F. y por Previsión Mutua de Aparejadores y Arquitectos Técnicos M. P. S. contra el Reglamento de mutualidades de previsión social, y anulamos el párrafo segundo del artículo 17, apartado 2, del mismo, aprobado por Real Decreto 1430/2002, de 27 de diciembre. Sin costas.

Publíquese el presente fallo en el Boletín Oficial del Estado, conforme al artículo 72.2 de la Ley reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.

Así, por esta nuestra sentencia, que deberá insertarse por el Consejo General del Poder Judicial en la publicación oficial de jurisprudencia de este Tribunal Supremo, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Presidente: Excmo. Sr. D. Fernando Ledesma Bartret; Magistrados: Excmo. Sr. D. Óscar González González; Excmo. Sr. D. Manuel Campos SánchezBordona; Excmo. Sr. D. Francisco Trujillo Mamely; Excmo. Sr. D. Eduardo Espín Templado.