Legislación
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SENTENCIA de 24 de febrero de 2000, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se anulan los artículos 16.2. c), 155, párrafo cuarto, y 355.2, inciso final, del Reglamento Hipotecario, modificados por Real Decreto 1867/1998, de 4 de septiembre, y la disposición adicional única de éste. - Boletín Oficial del Estado, de 24-04-2000

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 09 de Diciembre de 2003

F. entrada en vigor: 14/05/2000

Órgano emisor: TRIBUNAL SUPREMO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 98

F. Publicación: 24/04/2000

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial del Estado Número 98 de 24/04/2000 y no contiene posibles reformas posteriores

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En el recurso contencioso-administrativo número 526/98, interpuesto por don José Luis Carvajal GarcíaPando y otros, la Sala Tercera (Sección Sexta) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia con fecha 24 de febrero de 2000, que contiene el siguiente

FALLO «Que debemos estimar y estimamos en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don José Luis Carvajal GarcíaPando, don Fernando Rodríguez Prieto, don Luis Rueda Esteban y don José María Moutas Cimadevilla, contra el Real Decreto 1867/1998, de 4 de septiembre, y debemos anular y anulamos los artículos 16.2. c) , 155, párrafo cuarto, y 355.2, inciso final, en cuanto dice dicho informe será vinculante tan sólo para el Registrador que lo hubiere realizado , y la disposición adicional única del mismo. Sin costas. Publíquese en el Boletín Oficial del Estado el presente fallo y los preceptos anulados a los efectos previstos en el artículo 72.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.»

Así por nuestra sentencia firme lo pronunciamos, mandamos y firmamos. Presidente: Excmo. Sr. don Francisco José Hernando Santiago. Magistrados: Excmos. Sres. don Pedro Antonio Mateos García, don Juan Antonio Xiol Ríos, don Jesús Ernesto Peces Morate, don Francisco González Navarro, don José Manuel Sieira Míguez y don Enrique Lecumberri Martí.

7606 AUTO de 28 de marzo de 2000, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por el que se suspende cautelarmente la vigencia del párrafo segundo de la disposición adicional única del Real Decreto 1334/1999, de 31 de julio, por el que se aprueba la Norma general de etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios. En el recurso contencioso-administrativo número 403/99, interpuesto por la Federación de Industrias de Alimentación y Bebidas (FIAB) , la Sala Tercera (Sección Cuarta) del Tribunal Supremo ha dictado auto de 28 de marzo de 2000, que contiene la siguiente parte dispositiva:

1. o Suspendemos cautelarmente hasta que se dicte sentencia en los autos principales la vigencia del párrafo segundo de la disposición adicional única del Real Decreto 1334/1999, de 31 de julio, por el que se aprueba la Norma general de etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios.

2. o No accedemos a la suspensión del apartado segundo del artículo 18 del citado Real Decreto.

3. o Ordenamos la publicación del presente auto en el «Boletín Oficial del Estado» . de este auto se dará cuenta inmediata al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Este auto es firme y contra él no cabe interponer recurso alguno.

Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos. Sres. al inicio designados. Presidente: Excmo. Sr. don Juan García Ramos Iturralde. Magistrados: Excmos. Sres. don Mariano Baena del Alcázar y don Antonio Martí García.