Legislación
Legislación

SENTENCIA de 3 de marzo de 2003, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se anula el artículo 63. 1.f) del Estatuto General de la Abogacía Española, aprobado por Real Decreto 658/2001, de 22 de junio. - Boletín Oficial del Estado, de 16-05-2003

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min

Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 30 de Mayo de 2003

F. entrada en vigor: 16/05/2003

Órgano emisor: TRIBUNAL SUPREMO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 117

F. Publicación: 16/05/2003

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial del Estado Número 117 de 16/05/2003 y no contiene posibles reformas posteriores

En el recurso contencioso-administrativo n.'496/2001, interpuesto por don Alberto Padilla García de Arboleya y otros, la Sala Tercera (Sección Sexta) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia, en fecha 3 de marzo de 2003, que contiene el siguiente fallo: FALLAMOS

«Que estimando en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Alberto Padilla García de Arboleya, doña María del Mar Menargues Pérez, don Jesús Julio Padilla Pérez, doña María Cristina Tremino Bru, doña Concepción Antón Lidón, doña María Asunción García Lledo, don Francisco González Díez, doña María José Prats Deltell y doña María Asunción Navarro Rocamora, contra el Real Decreto 658/2001, de 22 de junio, por el que se aprueba el Estatuto General de la Abogacía

Española, declaramos la nulidad del artículo 63-1-f), en cuanto establece que constituyen recursos ordinarios de los Colegios de Abogados "los derechos de intervención profesional, en la cuantía y forma que en su caso establezca dada Colegio para sus colegiados". Sin costas.»

Presidente: Excmo. Sr. D. Ramón Trillo Torres; Magistrados: Excmo. Sr. D. Jesús Ernesto Peces Morate, Excmo. Sr. D. José Manuel Sieira Mínguez, Excmo. Sr. D. Enrique Lecumberri Martí, Excmo. Sr. D. Agustín Puente Prieto, Excmo. Sr. D. Francisco González Navarro.