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Sentencia de 8 de febrero de 2012, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se anula el artículo 10.2b) del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre., - Boletín Oficial del Estado, de 08-03-2012

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 08 de Marzo de 2012

F. entrada en vigor: 28/03/2012

Órgano emisor: TRIBUNAL SUPREMO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 58

F. Publicación: 08/03/2012

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial del Estado Número 58 de 08/03/2012 y no contiene posibles reformas posteriores

En el Recurso Contencioso-Administrativo número 25/2008, interpuesto por la representación procesal de la Federación Comercio Electrónico y Marketing Directo, la Sala Tercera del Tribunal Supremo (Sección Sexta) ha dictado Sentencia de fecha 8 de febrero de 2012, que contiene el siguiente fallo:

FALLAMOS

Extender el pronunciamiento de estimación del recurso contencioso administrativo interpuesto por la representación procesal de la Federación de Comercio Electrónico y Marketing Directo, contra Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, que realizamos en sentencia de 15 de julio de 2010, al artículo 10.2.b) del Real Decreto de mención, que anulamos por disconforme a derecho, sin hacer especial condena en costas.

Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos don José Manuel Sieira Míguez; don Octavio Juan Herrero Pina; don Luis María Díez-Picazo Giménez; don Juan Carlos Trillo Alonso; don Carlos Lesmes Serrano.