Legislación
Legislación

Sentencia de 9 de abril de 2007, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se anula la disposicion transitoria undecima y el parrafo 2.ºdel art. 65.1 c) del Real Decreto 1608/2005, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Organico del Cuerpo de Secretarios Judiciales. - Boletín Oficial del Estado, de 11-06-2007

Tiempo de lectura: 2 min

Tiempo de lectura: 2 min

Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 11 de Junio de 2007

Órgano emisor: TRIBUNAL SUPREMO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 139

F. Publicación: 11/06/2007

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial del Estado Número 139 de 11/06/2007 y no contiene posibles reformas posteriores

En el recurso contencioso-administrativo 87/2006, interpuesto por la representación procesal de la Asociación Sindical de Secretarios de la Administración de Justicia y del Colegio Nacional de Secretarios Judiciales, la Sala Tercera (Sección Sexta) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia, en fecha 9 de abril de 2007, que contiene el siguiente fallo:

FALLAMOS

Que debemos estimar y estimamos parcialmente el recurso contencioso administrativo interpuesto por la representación de la Asociación Sindical de Secretarios de la Administración de Justicia y del Colegio Nacional de Secretarios Judiciales, contra determinados preceptos del Real Decreto 1608/2005 por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales, y en consecuencia, debemos anular su disposición transitoria undécima y el párrafo 2.ºdel art. 65.1. c), no habiendo lugar a declarar la nulidad de los demás preceptos impugnados. Todo ello sin hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas causadas. Publíquese la parte dispositiva de esta Sentencia, junto con el precepto anulado en el Boletín Oficial del Estado a los efectos del art. 72.2 de la Ley Jurisdiccional.

Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.–Presidente: Excmo. Sr. D. José Manuel Sieira Míguez; Magistrados: Excmo. Sr. D. Nicolás Antonio Maurandi Guillén; Excmo. Sr. D. Agustín Puente Prieto; Excmo. Sr. D. Octavio Juan Herrero Pina; Excma. Sra. D.ªMargarita Robles Fernández.