Desde de 1 de julio se cobran las bolsas de plástico y se prohibirán en 2021.
Noticias
Desde de 1 de julio se co...n en 2021.

Última revisión
03/07/2018

Desde de 1 de julio se cobran las bolsas de plástico y se prohibirán en 2021.

Tiempo de lectura: 4 min

Tiempo de lectura: 4 min

Relacionados:

Materias: administrativo

Fecha: 03/07/2018

Desde el 1 de julio se cobran las bolsas de plástico.
Desde el 1 de julio se cobran las bolsas de plástico.

El objetivo del citado real decreto es incorporar al ordenamiento jurídico español la Directiva (UE) 2015/720 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2015. Pues bien, esta directiva comunitaria obliga a los Estados miembros han de adoptar medidas con el fin de reducir de forma sostenida, en su territorio, el consumo de bolsas de plástico ligeras. Para ello, proporciona varias opciones a los Estados miembros entre las que se incluye el establecimiento de objetivos nacionales de reducción, la introducción de instrumentos económicos así como, en su caso, las restricciones a su comercialización, siempre que estas restricciones sean proporcionadas y no discriminatorias

Entre las posibilidades que ofrece la directiva para las bolsas de plástico ligeras, el Estado Español ha considerado que las medidas más adecuadas a implementar, son las siguientes:

En primer lugar, que desde el 1 de julio de 2018 se prohíba su entrega gratuita a los consumidores, en los puntos de venta.

Esto quiere decir que, desde esa fecha los comerciantes, deben cobrar un precio por cada bolsa de plástico ligera que entreguen al consumidor. Sin embargo, se exceptúan de esta medida las bolsas de plástico muy ligeras, es decir, las bolsas de plástico de menos de 15 micras de espesor que son necesarias por razones de higiene, o que se suministran como envase primario para alimentos a granel.

En segundo lugar, el L-25838721, establece que desde el 1 de enero de 2021 se prohíba la entrega ?gratuita o no- a los consumidores, en los puntos de venta, de bolsas de plástico ligeras y muy ligeras no compostables.

Con este plazo, se pretende acompasar la obligatoriedad de que las bolsas de plástico ligeras y muy ligeras sean sólo compostables con la plena implantación de la recogida separada de los biorresiduos, necesaria para poder cumplir con los objetivos comunitarios de preparación para la reutilización y reciclado de residuos municipales, establecidos en Ley 22/2011, de 28 de julio, así como en las nuevas directivas europeas de residuos.

En relación con esta segunda medida, es necesario tomar en consideración que la propia norma señala expresamente que la utilización de bolsas de plástico compostables es una de las posibles alternativas, pero no es la única. Por ello, los comerciantes no estarán obligados a substituir las bolsas de plástico no compostables por las bolsas de plástico compostables, sino que podrán hacer uso de cualquier otra solución teniendo en cuenta que ésta no derive en un incremento de la generación de residuos de envases

Asimismo, resulta necesario tener en cuenta que las medidas citadas afectarán también a las bolsas que puedan suministrarse en la venta online así como a las entregadas a domicilio.

Por otra parte, tanto la normativa comunitaria como la nacional, evidencian una apuesta por la prevención, y en este sentido se han considerado necesario implementar mecanismos que permitan avanzar en la prevención de la generación de ciertos tipos de residuos, por lo que -además de tratar de mejorar las formas de recogida y aumentar las tasa de reciclado- se ha articulado un sistema que permita a las autoridades ambientales obtener mayor información sobre la cantidad y tipos de productos que se ponen en el mercado y que, con el uso, generan residuos.

Con esta finalidad, se crea el Registro de Productores de Productos, registro de carácter administrativo y declarativo, que estará adscrito a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.

En el plazo de tres meses desde la entrada en vigor del real decreto los fabricantes e importadores de bolsas de plástico deberán inscribirse en el citado Registro y proporcionar la información relativa a la puesta en el mercado de bolsas de plástico, para poder cumplir así con las obligaciones de suministro de información anual relativo al consumo anual de bolsas de plástico a la Comisión Europea.

LIBROS Y CURSOS RELACIONADOS

Comentario crítico de la legislación europea relativa al internet de las cosas
Disponible

Comentario crítico de la legislación europea relativa al internet de las cosas

Fernando Martínez Cabezudo

15.30€

14.54€

+ Información

La justicia en la sociedad 4.0: nuevos retos para el siglo XXI
Disponible

La justicia en la sociedad 4.0: nuevos retos para el siglo XXI

V.V.A.A

55.25€

52.49€

+ Información

Derecho medioambiental. Paso a paso
Disponible

Derecho medioambiental. Paso a paso

V.V.A.A

12.70€

12.06€

+ Información

Prevención de Riesgos Laborales: Riesgos eléctricos, atmósferas explosivas e incendios
Disponible

Prevención de Riesgos Laborales: Riesgos eléctricos, atmósferas explosivas e incendios

Dpto. Documentación Iberley

6.83€

6.49€

+ Información