La AEPD informa sobre la publicación en redes sociales de vídeos escolares
Noticias
La AEPD informa sobre la ... escolares

Última revisión
14/12/2018

La AEPD informa sobre la publicación en redes sociales de vídeos escolares

Tiempo de lectura: 2 min

Tiempo de lectura: 2 min

Relacionados:

Materias: administrativo

Fecha: 14/12/2018

La AEPD informa sobre la publicación en redes sociales de vídeos escolares
La AEPD informa sobre la publicación en redes sociales de vídeos escolares

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) publica en su web un blog informando sobre la posibilidad de publicar en redes sociales vídeos de la salida escolar de los/as hijos/as.

Expone el caso habitual de la excursión de los hijos con el colegio o las funciones de Navidad, en las que los padres, abuelos sacan fotos o vídeos de los menores y los comparten a través de los grupos de WhatsApp, pero en ciertos casos se publican esas fotografías y vídeos en sus perfiles de Facebook, Instagram sin ningún tipo de limitación.

Esta actuación puede originar problemas, ya que como dice la AEPD ?la persona que publica ese vídeo difunde las imágenes, no sólo de sus hijos/as sino también de las de otros niños y niñas, a un número indeterminado de personas, para lo que se necesitaría la previa autorización de éstos, es decir, su consentimiento. Hay que recordar que la imagen es un dato personal, y que si es de terceros es necesario contar con su consentimiento o con alguna otra causa que legitime su difusión en internet.?

La AEPD informa que, cuando una persona no está de acuerdo con la publicación online por parte de otra persona de una foto o vídeo en la que resulte identificable puede ejercitar el derecho de supresión que el Reglamento General de Protección de Datos le reconoce como la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos y garantía de los derechos digitales.

Para ello debe dirigirse al responsable para solicitar su eliminación a través de un medio que permita acreditarlo. Si dicho responsable no responde en el plazo establecido o la persona afectada considera que la respuesta no ha sido adecuada, puede presentar una reclamación a la AEPD para que ampare su derecho de supresión, reconocido en el L-24473701 en el artículo 17, y en la nueva LOPDGDD en su artículo 15.

La Agencia de Protección de Datos aconseja revisar las opciones de configuración de las redes sociales para certificar el nivel de privacidad y seguridad.

FUENTE: AEPD

LIBROS Y CURSOS RELACIONADOS

Variaciones sobre un tema: el ejercicio procesal de los derechos
Disponible

Variaciones sobre un tema: el ejercicio procesal de los derechos

V.V.A.A

55.25€

52.49€

+ Información

Suscripción más de 250 formularios para PYMES
Disponible

Suscripción más de 250 formularios para PYMES

Editorial Colex, S.L.

100.00€

95.00€

+ Información

Introducción a la Protección de Datos
Disponible

Introducción a la Protección de Datos

Dpto. Documentación Iberley

6.83€

6.49€

+ Información

Derecho del Trabajo y nuevas tecnologías
Disponible

Derecho del Trabajo y nuevas tecnologías

V.V.A.A

14.57€

13.84€

+ Información

La Agencia Española de Protección de Datos
Disponible

La Agencia Española de Protección de Datos

Dpto. Documentación Iberley

6.83€

6.49€

+ Información