Última revisión
La Agencia Tributaria publica el portal de declaraciones informativas 2019
El portal resume la información más relevante de la campaña, que afecta a los siguientes aspectos:
Cambios en la forma de presentación
PRESENTACI?"N EFECTUADA POR PERSONAS FÍSICAS: se admite la presentación electrónica, con clave PIN o certificado digital.
RESTO DE DECLARANTES ( personas jurídicas, personas físicas adscritas a la Delegación Central de Grandes Contribuyentes o a una Unidad de Gestión de Grandes empresas DCGC / UGGE, Administraciones Públicas, SL y SA y entidades restantes): presentación electrónica con certificado digital.
NOVEDADES A DESTACAR:
1.- En 2019 se suprime la posibilidad de presentación por mensaje SMS de los modelo
2.- Extensión del sistema TGVI on line (eliminación de presentación vía TGVI).
Este sistema consiste en la presentación mediante la ?subida? de un fichero en un formulario que se valida en línea por el sistema. El TGVI on line puede utilizarse para presentar cualquier fichero de información con independencia del tamaño, siendo obligatorio su utilización a partir de los 40.000 registros. El TGVI tradicional permitía la entrada de registros con errores. Sin embargo, el sistema online valida y permite la presentación parcial sólo de registros correctos. Si existen registros erróneos, el declarante podrá recuperar el fichero con los errores de validación que presenten para poder corregirlos.
3.- Eliminación de la presentación vía EDFI (entrada mediante fichero). Los modelos que tienen formulario de ayuda a la presentación también admiten la carga del fichero con formato diseño de registro para su posterior presentación.
4.- Eliminación de presentación vía Lotes. Esto afecta a los modelos 038,
5.- Eliminación de multienvíos (modelo 280). El
En las informativas de 2019 no se admitirá la introducción de registros mal identificados o con errores de validación.
Cambios en los formularios:
Los modelos de informativas que disponen de formulario para su presentación de 2019 son:
En la campaña de 2018, la presentación de una declaración sustitutiva implicaba necesariamente la baja previa de la declaración anterior por parte del declarante. El sistema a aplicar en 2019 permite consolidar la información que se envía y proceder a su modificación posterior, si fuera necesario. También se permite eliminar o añadir registros sin necesidad de presentar complementaria o sustitutiva de forma explícita (desaparecen las casillas de "complementaria", "sustitutiva" y "justificante de la declaración".
Una vez presentada una declaración, si volvemos a acceder al formulario se nos mostrará siempre la información correspondiente a la fecha de la última actualización realizada de cada registro de la declaración. Las modificaciones tendrán un número identificativo propio y funcionarán como una complementaria cuyo justificante origen es el de la declaración original.
Las presentaciones mediante formulario o mediante TGVI Online son excluyentes en 2019. Una vez presentada la primera declaración de un declarante, las presentaciones posteriores deberán efectuarse por la misma vía. Para cambiar de una vía a otra hay que hacer una baja de la presentación previa para proceder luego a la presentación por la otra vía, pues no pueden existir presentaciones del mismo declarado efectuadas mediante ambos sistemas.
A partir del 1 de febrero de 2020 tan solo estará disponible el modelo de Colaboración Social para entidades privadas y profesionales de la gestión tributaria con gestión de delegados.
Fuente: Agencia Tributaria