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Cantabria regula el distintivo de los vehículos destinados al arrendamiento con conductor
El Boletín Oficial de Cantabria publica el Decreto 3/2018, de 25 de enero, por el que se regulan los distintivos identificativos de los vehículos dedicados al arrendamiento de vehículos con conductor cuya autorización se encuentre residenciada en la Comunidad Autónoma. Se da así cumplimiento al artículo 182.4 del Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres que habilita a las Comunidades Autónomas que, por delegación del Estado, hubieran asumido competencias en materia de autorizaciones de arrendamiento de vehículos con conductor, en relación con los transportes por carretera y por cable, para que puedan imponer la exigencia de que los vehículos amparados en autorizaciones de esta clase se identifiquen externamente mediante algún tipo de distintivo.
Los distintivos deberán colocarse en la parte superior derecha de la luna delantera y en la parte inferior izquierda de la luna trasera del vehículo, respectivamente, de forma que resulten visibles desde el exterior sin interferir, en ningún caso, la visibilidad del conductor, dando lugar su falta a la aplicación del régimen sancionador en materia de transportes terrestres. Los titulares de autorizaciones existentes dispondrán de un plazo de tres meses para identificarlos.