El CGPJ avala el anteproyecto de ley de impulso a la mediación
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Última revisión
09/04/2019

El CGPJ avala el anteproyecto de ley de impulso a la mediación

Tiempo de lectura: 3 min

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Materias: civil

Fecha: 09/04/2019

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El Consejo General del Poder Judicial avala a través de un informe favorable el Anteproyecto de Ley de impulso a la mediación, pero incide en la necesidad de ir más allá del estricto planteamiento normativo y de aprobar medidas que garanticen una ?implicación real, efectiva y coordinada de las instituciones responsables de la mediación y un mayor compromiso? tanto de los jueces y magistrados como de las administraciones competentes en la materia.

El informe del CGPJ analiza el anteproyecto desde el prisma de la compatibilidad entre la mediación obligatoria ?mitigada? que en él se establece y los derechos a la tutela judicial efectiva y de acceso a la jurisdicción, amparados por la Constitución (art. 24) y por la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea (art. 47).

En lo que respecta al art. 47 de la Carta de Derechos Fundamentales de la UE, el órgano de gobierno de los jueces concluye que el anteproyecto se encuentra dentro de los márgenes que configuran los estándares de protección derivados del citado precepto y que satisface también los principios de equivalencia y efectividad.

Asimismo, afirma que la mediación obligatoria ?mitigada? no vulnera el art. 24.1 de la Constitución porque la obligatoriedad prevista en el articulado no excluye que la decisión última de acudir a esta vía se adopte de forma voluntaria por las partes ni tampoco impide la intervención judicial. La mediación obligatoria ?mitigada?, explica el dictamen, ?no empaña la voluntariedad que caracteriza a este instrumento de solución extrajudicial de conflictos, ni desplaza la intervención judicial (?) permaneciendo incólume la plenitud del ejercicio de la función jurisdiccional?.

El órgano de gobierno de los jueces plantea la posibilidad de ampliar el ámbito de aplicación de la mediación obligatoria con el fin de mejorar su funcionalidad, y ello sin exceder del marco de los estándares de protección de los derechos fundamentales antes citados. Se trataría bien de incluir otras materias y procedimientos de naturaleza ejecutiva bien de proyectar la obligatoriedad hacia estadios más avanzados del procedimiento de mediación, no limitándola a la participación en sesiones informativas. Asimismo, expresa la conveniencia de extenderla mediación a la fase de ejecución de todos los procedimientos judiciales.

El CGPJ afirma que la reforma podría ser una oportunidad para diseñar un Servicio Público de Mediación, es decir, una especie de administración pública de apoyo, coordinación y prestación de servicios en favor de la mediación que garantizara en todo el territorio nacional el acceso a la mediación en igualdad de condiciones y oportunidades.

Por ello, considera necesaria una formación de calidad en mediación que se haga extensiva no sólo a los planes formativos de los grados universitarios que se considere oportuno sino también a todos los ciclos formativos. Asimismo, entiende que debería incluirse en los temarios de las oposiciones, especialmente las de la Administración de Justicia.

Con el fin de dotar de efectividad ?lo más pronto posible? al conjunto de medidas recogidas en el anteproyecto, el dictamen expresa la conveniencia de reducir la vacatio legis de los tres años previstos a seis meses. Señala, en este sentido, que debería contemplarse un plazo de tiempo proporcionado a las verdaderas necesidades para la implantación del sistema, acaso con una mayor implicación de todas las administraciones.

El órgano de gobierno de los jueces valora también de modo positivo que el anteproyecto se muestre ?sensible? a las demandas de los sectores y agentes de mediación y recoja en su articulado las reivindicaciones más relevantes con el objetivo de impulsar este sistema de resolución de litigios.

Si quieren conocer con más detalle esta ?Ley de Impulso de la Mediación? pueden consultar nuestro artículo publicado el pasado 18 de febrero, AQUÍ

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