Claves para la solicitud desde el 5 de mayo del subsidio por desempleo para Empl...asociado al Covid-19
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Última revisión
05/05/2020

Claves para la solicitud desde el 5 de mayo del subsidio por desempleo para Empleadas de hogar y temporales asociado al Covid-19

Tiempo de lectura: 5 min

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Materias: laboral

Fecha: 05/05/2020

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Tras la publicación, en el BOE del 4 de mayo de 2020, de las Resoluciones del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) de 1 de mayo de 2020, 30 de abril de 2020, tanto empleados de hogar como contratados temporales sin derecho a prestación podrán solicitar los subsidios de 430 euros a partir del 05/05/2020 ante el SEPE.

1.- ¿Cómo solicitarlo?

Las personas trabajadoras que pretendan solicitar el subsidio excepcional por desempleo cumplimentarán el formulario de pre solicitud de prestación individual disponible en la sede electrónica del SEPE, y lo enviarán a la entidad gestora a través de la misma.

2.- Plazo

El plazo para enviar la solicitud será:

Empleados de hogar: Se iniciará al día siguiente de la publicación de la Resolución reguladora en el «Boletín Oficial del Estado» (05/05/2020) y finalizará el último día de vigencia de la medida, de conformidad con la disposición final duodécima del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo.

Finalización del contrato temporal: Desde el día siguiente al de la publicación de la Resolución reguladora en el «Boletín Oficial del Estado» (05/05/2020) y terminará aquél en que se cumpla un mes desde la fecha en que finalice la vigencia de la declaración del estado de alarma, ambos inclusive.

3.- ¿Cómo se demuestra el derecho al subsidio?

Empleados de hogar:

La solicitud se acompañará de la declaración responsable firmada por la persona o personas empleadoras, en la que se confirme que los datos consignados por la persona trabajadora en la solicitud sobre la relación laboral que les une son ciertos.

En el caso de que haya varios empleadores se deberá presentar una declaración por cada uno de los trabajos suspendidos total o parcialmente.

Esta declaración responsable se realizará en el modelo disponible en la sede electrónica del SEPE. En todo caso, la declaración responsable del empleador o titular del hogar familiar acredita y declara que la persona trabajadora ha dejado de prestar servicios, total o parcialmente, con carácter temporal, a fin de reducir el riesgo de contagio, por causas ajenas a su voluntad, en el domicilio del empleador con motivo de la crisis sanitaria del COVID-19.

En el supuesto de despido, para acreditar la concurrencia de los requisitos exigidos para acceder al subsidio deberá aportarse junto a la solicitud, bien la carta de despido, bien la comunicación del desistimiento de la persona empleadora, o bien la documentación acreditativa de la baja en el Sistema Especial para Empleados del Hogar del Régimen General de la Seguridad Social. En este caso no será necesario aportar la declaración responsable de la persona empleadora.

Finalización del contrato temporal:

La empresa en la que el trabajador haya cesado deberá remitir a la entidad gestora, el Certificado de Empresa si no lo hubiera hecho con anterioridad, a través de Certific@2.

Formalizada la solicitud y acreditado el requisito de carencia de rentas se procederá a constatar si la persona trabajadora cumple los siguientes requisitos:

a) Encontrarse inscrita como demandante de empleo en los servicios públicos de empleo y suscribir el compromiso de actividad. Durante la vigencia del estado de alarma, la inscripción como demandante de empleo se realizará de oficio por el servicio público de empleo competente, a instancia del SEPE.

b) No ser perceptora de renta mínima, renta de inclusión, salario social o ayuda análoga concedida por cualquier Administración Pública.

c) Haber cesado de forma involuntaria, a partir del día 15 de marzo de 2020, en un contrato por cuenta ajena de duración determinada durante el cual existiera la obligación de cotizar por la contingencia de desempleo y cuya vigencia haya sido igual o superior a dos meses.

d) No estar trabajando por cuenta propia o ajena a jornada completa en la fecha de la extinción del contrato ni en la fecha del nacimiento del subsidio excepcional.

4.- Ausencia de cotización durante la percepción del subsidio.

El Servicio Público de Empleo Estatal no efectuará la cotización a la Seguridad Social durante la percepción del subsidio extraordinario.

5.- Importe

Empleados de hogar: La cuantía del subsidio extraordinario por falta de actividad será el 70% de la base reguladora correspondiente a la actividad que se hubiera dejado de desempeñar (con el tope del SMI).

Finalización del contrato temporal: La cuantía del subsidio será igual al 80 por ciento del indicador público de rentas de efectos múltiples mensual vigente, con independencia de que el contrato de duración determinada previamente extinguido haya sido de jornada completa o a tiempo parcial.

6.- Normativa

Resolución de 30 de abril de 2020, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se desarrolla el procedimiento para la tramitación de solicitudes del subsidio extraordinario por falta de actividad para las personas integradas en el Sistema Especial para Empleados de Hogar del Régimen General de la Seguridad Social regulado en el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.

Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.

Resolución de 1 de mayo de 2020, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se establece el procedimiento para la tramitación de solicitudes del subsidio excepcional por desempleo regulado en el artículo 33 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, para hacer frente al COVID-19.

7.- Información complementaria

Procedimiento para la solicitud del subsidio excepcional por desempleo por fin de contrato temporal ante covid-19.

Procedimiento para la solicitud del subsidio excepcional por desempleo por fin de contrato temporal ante covid-19.

Esquema de los nuevos subsidios ante coronavirus para empleados de hogar y finalización de contrato temporal.

 

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