Comienza la presentación de la Renta por vía electrónica
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Última revisión
03/04/2020

Comienza la presentación de la Renta por vía electrónica

Tiempo de lectura: 6 min

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Materias: fiscal

Fecha: 03/04/2020

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En la campaña de Renta de 2019 se intentan potenciar los medios telemáticos y telefónicos que eviten desplazamientos innecesarios y que, además, no pueden hacerse, dado el estado de alarma declarado. Los medios telemáticos agilizan las devoluciones y la consulta y modificación posterior de la declaración. 

Más de 610.000 contribuyentes han accedido ya a sus datos fiscales y más de 811.000 han obtenido el número de referencia para la gestión y presentación de su declaración. La atención presencial en oficinas de la Administración Tributaria comienza el 13 de mayo. A partir de esa fecha comenzará también la vía presencial de presentación en las entidades financieras colaboradoras, para declaraciones con resultado a ingresar sin domiciliación.

  • Nuevo sistema guiado de identificación

La Campaña de Renta que ahora arranca cuenta con un nuevo sistema de identificación asistida. Frente al anterior selector de identificación, en el cual el contribuyente tenía que elegir entre las distintas opciones, el nuevo sistema va guiando al contribuyente con preguntas sencillas en función de sus preferencias.

El momento de acceso a los distintos servicios de la Campaña de Renta, se va a solicitar a los contribuyentes la ratificación (o modificación) de su domicilio fiscal actual, evitando dudas que surgían en ocasiones a los contribuyentes al tener que incluir el domicilio ya dentro de la declaración, cuando el resto de la información a incorporar hacía, lógicamente, referencia a la situación en el año de devengo del impuesto, el anterior al de la presentación.

En los casos en que resulte necesaria una modificación, el sistema permitirá un acceso directo a las características del inmueble en la página web del Catastro, frente al acceso genérico a la página que existía hasta ahora.

  • Mejoras en la "app"

El sistema guiado de identificación se utiliza también en la aplicación móvil. Ésta cuenta, a su vez, con algunas mejoras para seguir reforzando su accesibilidad, usabilidad y experiencia de usuario. Además de presentar la declaración, la ‘app’ permite modificar la asignación tributaria y el código IBAN, consultar los datos fiscales de campañas anteriores o anular una cita previamente concertada.

Entre las mejoras incorporadas se encuentra una renovación de la interfaz gráfica en prácticamente todas las pantallas, caso de las referidas a la tramitación del borrador, los datos fiscales o los avisos personales y de novedades. La nueva versión de la app también permitirá un mayor aprovechamiento de las utilidades que ofrecen los sistemas operativos de los terminales móviles, como los servicios de accesibilidad (cambio de fuente y tamaño de letra, salida de texto a voz, etc), o las opciones para compartir documentos –el ‘PDF’ de la declaración, en este caso– (copiado, impresión, reenvío, etc).

De igual forma, la nueva versión permite seguir accediendo a los contenidos más recientes si se pierde la conexión a internet y contemplará, para los usuarios que estén registrados en ‘Clave PIN’, con el soporte de los servidores de la AEAT, la posibilidad de cambiar de dispositivo móvil manteniendo los usuarios y avisos que se encontraban disponibles en el anterior dispositivo, entre otras mejoras.

En cuanto al funcionamiento general de la ‘app’, es el mismo del ejercicio anterior. Los contribuyentes con declaraciones más sencillas podrán presentar su Renta ‘en un solo clic’, o, si requieren completar algún dato, serán redirigidos automáticamente a RENTA WEB, pero el resto de declarantes cuentan igualmente con esta potente herramienta de asistencia que les facilita la obtención y renovación del número de referencia, la visualización de los datos fiscales y la recepción de mensajes ‘push’ con información de interés, como el momento de la emisión de la devolución.

La APP se puede utilizar en hasta cuatro dispositivos diferentes (móviles y tabletas) y admite hasta 20 usuarios identificados, cada uno con su número de referencia, lo que permite la confección y presentación de declaraciones de familiares y allegados, así como el cálculo de la opción más favorable entre declaraciones individuales y conjuntas. Cabe recordar que, para acceder a los servicios personalizados, caso de la presentación de declaraciones, por razones de seguridad se requerirá que el terminal cuente con un sistema de bloqueo de pantalla activado.

  • Atención telefónica

Continúa el plan ‘Le Llamamos’, como alternativa telemática a la asistencia presencial para los contribuyentes menos habituados a las nuevas tecnologías que cuenten con el perfil de asistencia telefónica definido por la Agencia Tributaria.

Dada la situación de emergencia actual, excepcionalmente este año se retrasará su puesta en funcionamiento, de manera que las primeras declaraciones por vía telefónica se realizarán a partir del 7 de mayo. El cauce de petición previa, por internet y teléfono, se abrirá dos días antes, el 5 de mayo, y se mantendrá el resto de la campaña.

Este año no existe la posibilidad de que el contribuyente solicite un día y franja horaria concreta para recibir la llamada de la Agencia, sino que solicitará ser atendido telefónicamente para la confección de su declaración, y la AEAT le llamará en cuanto sea posible, reintentando la llamada en sucesivas ocasiones o días siguientes, si el contribuyente no está disponible.

Desde el momento en que solicita ser atendido mediante el ‘Le Llamamos’, el contribuyente debe tener disponible la información y documentación necesaria para realizar la declaración en el momento en que le llame Hacienda.

  • Nuevas pestañas de captura de datos

Por lo demás se incorporan pestañas de captura de datos para facilitar la elaboración del impuesto, como las existentes en caso de gastos de inmuebles arrendados, que permite el cálculo de la amortización si hay derecho a ella y su traslado automático a los ejercicios siguientes. 

Del mismo modo, la herramienta ‘cartera de valores’ permite, como ya sucedía el pasado año, visualizar directamente en ‘RENTA WEB’ la composición de la cartera a 1 de enero del año de devengo del impuesto (para esta campaña, 2019) y las operaciones del ejercicio, y también volcar todas las rentas generadas por la venta de acciones cotizadas, facilitando la declaración de las plusvalías y minusvalías.

Los datos que sí tendrá que seguir incorporando el contribuyente, concretamente los precios históricos de adquisición de sus acciones, permitirán en próximos años que esa información quede ya grabada y el cálculo de las plusvalías y minusvalías sea a futuro prácticamente automático.

 

Fuente: Agencia Tributaria

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