El Consejo de Ministros aprueba el plan estratégico de la inspección de trabajo 2018-2020.
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Última revisión
09/04/2018

El Consejo de Ministros aprueba el plan estratégico de la inspección de trabajo 2018-2020.

Tiempo de lectura: 2 min

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Materias: laboral, administrativo

Fecha: 09/04/2018

Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social 2018-2020
Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social 2018-2020

Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social 2018-2020 

A propuesta de la ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, el Consejo de Ministros del pasado 6 de abril de 2018, ha aprobado el Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social 2018-2020, un Plan que «identifica a la Inspección como la institución pública para la garantía de la calidad del empleo».

Entre las líneas que fijarán la actuación de los ITSS para los próximos años destacan:

  • el control de la contratación temporal injustificada, de la contratación a tiempo parcial y de los contratos formativos;
  • campañas específicas relacionadas con la discriminación por género, incluyendo las referidas a planes de igualdad en las empresas, supervisión de la brecha salarial y cláusulas discriminatorias en la negociación colectiva;
  • mayor control de las horas trabajadas y del tiempo de trabajo;
  • refuerzo de actuaciones en relación con subcontratas y empresas multiservicio;
  • puesta en marcha de nuevas unidades de Inspección especializadas en prevención de riesgos laborales;
  • supervisión de la economía de plataformas;
  • actuaciones específicas en relación con falsos autónomos, becarios y prácticas no laborales y formación para el empleo.

Organismo Estatal de Inspección de Trabajo y Seguridad Social

Con efectos de 8 de abril de 2018, el Real Decreto 192/2018, de 6 de abril, pone en marcha el Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social mediante la aprobación de sus Estatutos, regulándose su estructura central y periférica, los órganos de dirección y participación institucional, y lo relativo al régimen económico, patrimonial y de contratación.

Corresponderá al nuevo organismo autónomo el ejercicio de las funciones que la Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social encomienda a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, sin perjuicio de lo establecido respecto de las Comunidades Autónomas que han recibido el traspaso de la función pública inspectora.

Entre las novedades más llamativas encontramos la supresión de la «Dirección General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social» por la nueva organización que será  la encargada del despliegue y ejecución del Plan Estratégico 2018-2020.

Según el Gobierno, «La aprobación del Plan Estratégico y la entrada en funcionamiento del nuevo Organismo permitirán hacer de la Inspección de Trabajo una estructura administrativa mejor organizada, relacionada de una forma más directa con las comunidades autónomas y con los interlocutores sociales y, sobre todo, más capacitada para ofrecer un servicio público de calidad a las empresas y a los trabajadores».

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